24.10.2016
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 392/47
Recurso interpuesto el 31 de agosto de 2016 — República Checa/Comisión
(Asunto T-627/16)
(2016/C 392/61)
Lengua de procedimiento: checo
Partes
Demandante: República Checa (representantes: M. Smolek, J. Pavliš, J. Vláčil, agentes)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la Decisión de Ejecución (EU) 2016/1059 de la Comisión, de 20 de junio de 2016, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) [notificada con el número C(2016) 3753] (en lo sucesivo, «decisión impugnada»), en la medida en que excluye gastos efectuados por la República Checa en relación con el régimen de pago único por superficie (RPUS) por un importe total de 84 272,83 EUR, en que excluye los gastos efectuados por la República Checa en relación con la inversión en el sector vitivinícola por un importe total de 636 516,20 EUR y en que excluye los gastos efectuados por la República Checa en relación con los requisitos de condicionalidad por un importe total de 29 485 612,55 EUR.
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Condene en costas a la Comisión.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, en cuanto al régimen de pago único por superficie (RPUS), la parte demandante invoca un único motivo, basado en la infracción del artículo 52, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 352/78, (CE) n.o 165/94, (CE) n.o 2799/98, (CE) n.o 814/2000, (CE) n.o 1290/2005 y (CE) n.o 485/2008 del Consejo, en el que se alega que la Comisión decidió excluir determinados gastos de la financiación de la Unión Europea a pesar de que no se había infringido ni el Derecho de la Unión Europea ni el Derecho nacional.
En relación con la inversión en el sector vitivinícola, la parte demandante invoca un único motivo, basado en la infracción del artículo 52, apartado 1, del Reglamento n.o 1306/2013, en el que se alega que la Comisión decidió excluir determinados gastos de la financiación de la Unión a pesar de que no se había infringido ni el Derecho de la Unión ni el Derecho nacional.
En relación con los requisitos de condicionalidad, la parte demandante invoca dos motivos:
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Primer motivo, basado en la infracción del artículo 52, apartado 1, del Reglamento n.o 1306/2013, en el que se alega que la Comisión decidió excluir determinados gastos de la financiación de la Unión a pesar de que no se había infringido ni el Derecho de la Unión Europea ni el Derecho nacional.
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Segundo motivo, de carácter subsidiario, basado en la infracción del artículo 52, apartado 2, del Reglamento n.o 1306/2013, en el que se alega que aun en el supuesto de que las imputaciones rebatidas en el primer motivo fueran constitutivas de una infracción del Derecho de la Unión (quod non), la Comisión realizó una apreciación errónea de la gravedad de tal infracción y del perjuicio económico resultante para la Unión Europea.
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