16.1.2017
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 14/49
Recurso interpuesto el 10 de noviembre de 2016 — De Geoffroy y otros/Parlamento
(Asunto T-788/16)
(2017/C 014/59)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandantes: Dominique De Geoffroy (Bruselas, Bélgica) y otros 14 (representantes: N. de Montigny y J.-N. Louis, abogados)
Demandada: Parlamento Europeo
Pretensiones
Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:
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Anule las Guidelines (líneas directrices) del Parlamento, relativas a las vacaciones y licencias («Guidelines on leave»), que fueron publicadas el 21 de marzo de 2016.
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Anule la decisión de 13 de junio de 2016, por la que se deniegan unas vacaciones solicitadas por el Sr. Stéphane Grosjean.
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Anule la decisión de 12 de abril de 2016, por la que se acepta la solicitud de vacaciones efectuada por la Sra. Françoise Joostens, pero se imputan los días de vacaciones solicitados a la cuota de 3,5 días.
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Anule la decisión de 2 de junio de 2016, por la que se deniegan unas vacaciones solicitadas por la Sra. Françoise Joostens.
—
En cualquier caso, condene en costas a la parte demandada.
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan seis motivos.
1.
Primer motivo, basado en la falta total de motivación por parte de la parte demandada, al no haber dado esta última respuesta alguna a las reclamaciones presentadas por las partes demandantes contra las líneas directrices del Parlamento relativas a las vacaciones y licencias, publicadas el 21 de marzo de 2016 (en lo sucesivo, «líneas directrices controvertidas»).
2.
Segundo motivo, basado en la excepción de ilegalidad que el Parlamento habría cometido al adoptar las líneas directrices controvertidas, por cuanto estas líneas directrices infringen el Estatuto de los Funcionarios, vulneran los derechos reconocidos por la normativa interna en materia de gestión de vacaciones y licencias, y vulneran los derechos adquiridos de las partes demandantes.
Así, las dos partes demandantes destinatarias de las tres decisiones individuales impugnadas, de 2 de junio, 13 de junio y 12 de abril de 2016, respectivamente, de las cuales las dos primeras deniegan las vacaciones solicitadas y la última acepta la petición de vacaciones de una de ellas pero imputa los días de vacaciones pedidos a la cuota de 3,5 días, consideran que estas decisiones individuales deben anularse por este mismo motivo.
3.
Tercer motivo, basado en la falta de consultación de los miembros del personal del Parlamento cuando este último adoptó las líneas directrices controvertidas, lo cual constituiría una infracción del artículo 27 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
4.
Cuarto motivo, basado en la falta de ponderación de los intereses de la institución con los de los intérpretes, en la violación del principio de proporcionalidad, en un abuso de Derecho, en un error de apreciación, en la violación del principio de buena administración y en el incumplimiento del deber de asistencia y protección por parte de la institución demandada al adoptar las líneas directrices controvertidas.
5.
Quinto motivo, basado en la discriminación que la adopción de las líneas directrices controvertidas ha creado entre los intérpretes y los demás funcionarios y agentes.
6.
Sexto motivo, basado en la violación de los principios de igualdad y de no discriminación, en la violación del principio de seguridad jurídica y de previsibilidad en cuanto a las excepciones y los casos particulares previstos a través de las líneas directrices controvertidas.
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