8.4.2019
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 131/9
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 6 de febrero de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — NK, síndico de los concursos de PI Gerechtsdeurwaarderskantoor BV y de PI/BNP Paribas Fortis NV
(Asunto C-535/17) (1)
(Procedimiento prejudicial - Cooperación judicial en materia civil - Competencia judicial y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil - Reglamentos (CE) n.os 44/2001 y 1346/2000 - Ámbitos de aplicación respectivos - Concurso de un gestor de notificaciones judiciales y embargos - Acción interpuesta por el síndico encargado de la administración y de la liquidación de la quiebra)
(2019/C 131/10)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: NK, síndico de los concursos de PI Gerechtsdeurwaarderskantoor BV y de PI
Recurrida: BNP Paribas Fortis NV
Fallo
El artículo 1, apartados 1 y 2, letra b), del Reglamento (CE) n.o 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, debe interpretarse en el sentido de que responde al concepto de «materia civil y mercantil», a efectos del apartado 1 de esa disposición, una acción, como la que ha dado inicio al litigio principal, que tiene por objeto una pretensión de indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad delictual o cuasidelictual, que ejercita el síndico en el marco de un procedimiento de insolvencia y que, de prosperar, dará lugar a la reintegración de lo obtenido en la masa activa, y de que, en consecuencia, esa acción está comprendida en el ámbito de aplicación material de dicho Reglamento.
(1) DO C 412 de 4.12.2017.
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