Asunto C-390/17 P: Recurso de casación interpuesto el 28 de junio de 2017 por Irit Azoulay, Andrew Boreham, Mirja Bouchard y Darren Neville contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 28 de abril de 2017 en el asunto T-580/16, Azoulay y otros / Parlamento Europeo
C4122017ES1210120170628ES0020121132
Recurso de casación interpuesto el 28 de junio de 2017 por Irit Azoulay, Andrew Boreham, Mirja Bouchard y Darren Neville contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 28 de abril de 2017 en el asunto T-580/16, Azoulay y otros / Parlamento Europeo
(Asunto C-390/17 P)2017/C 412/20Lengua de procedimiento: francés
Partes
Recurrente: Irit Azoulay, Andrew Boreham, Mirja Bouchard, Darren Neville (representante: M. Casado García-Hirschfeld, abogada)
Otra parte en el procedimiento: Parlamento Europeo
Pretensiones de la parte recurrente
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Que anule la sentencia recurrida.
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Que estime las pretensiones formuladas en primera instancia por la parte recurrente en el recurso del asunto T-580/16.
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Que condene en costas a la parte demandada.
Motivos y principales alegaciones
La parte recurrente estima que la sentencia recurrida está viciada por varios errores de Derecho y por una desnaturalización de los hechos.
Considera que el Tribunal incurrió en un error de Derecho y desnaturalizó los hechos al excluir una interpretación autónoma y uniforme del concepto de gastos de escolaridad en el ordenamiento jurídico de la Unión y supeditando este concepto a su acepción en los distintos sistemas educativos de los países de residencia de los funcionarios, sin tener en cuenta la naturaleza de los gastos y el interés de los hijos.
Según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, tanto de la aplicación uniforme del Derecho de la Unión como del principio de igualdad se desprende que el tenor de una disposición de Derecho de la Unión que no contenga una remisión expresa al Derecho de los Estados miembros para determinar su sentido y su alcance normalmente debe ser objeto en toda la Unión de una interpretación autónoma y uniforme que ha de buscarse teniendo en cuenta el contexto de dicha disposición y el objetivo que la normativa de que se trate pretende alcanzar (sentencia de 15 de octubre de 2015, Axa Belgium, C-494/14, EU:C:2015:692).
Además, la conclusión del Tribunal que figura en el apartado 47 de la sentencia recurrida es incoherente y vulnera la jurisprudencia en materia de concordancia entre la reclamación administrativa previa y el recurso.
La parte recurrente también sostiene que el Tribunal incumplió la obligación de motivación al no pronunciarse sobre la violación del principio de igualdad de trato ni sobre la infracción del artículo 22 de la Carta de los Derechos Fundamentales, que sí le fueron alegados.
En consecuencia, la parte recurrente estima que, al examinar demasiado sumariamente las tres distintas alegaciones que formuló, el Tribunal llegó a conclusiones que no se justifican ni jurídica ni fácticamente.
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