Asunto T-2/17: Sentencia del Tribunal General de 3 de mayo de 2018 — J-M.-E.V. e hijos/EUIPO — Masi (MASSI) [«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Solicitud de marca denominativa de la Unión MASSI — Marca nacional denominativa anterior MASI — Artículo 56, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 63, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1001] — Fuerza de cosa juzgada — Artículo 53, apartado 1, letra a), y artículo 8, apartado 2, letra c), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 60, apartado 1, letra a), y artículo 8 apartado 2, letra c), del Reglamento 2017/1001] — Marca notoriamente conocida en el sentido del artículo 6 bis del Convenio de París»]
C2212018ES1910120180503ES0022191202
Sentencia del Tribunal General de 3 de mayo de 2018 — J-M.-E.V. e hijos/EUIPO — Masi (MASSI)
(Asunto T-2/17) ( 1 )
«[«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Solicitud de marca denominativa de la Unión MASSI — Marca nacional denominativa anterior MASI — Artículo 56, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 63, apartado 3, del Reglamento (UE) 2017/1001] — Fuerza de cosa juzgada — Artículo 53, apartado 1, letra a), y artículo 8, apartado 2, letra c), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 60, apartado 1, letra a), y artículo 8 apartado 2, letra c), del Reglamento 2017/1001] — Marca notoriamente conocida en el sentido del artículo 6 bis del Convenio de París»]»2018/C 221/22Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: J-M.-E.V. e hijos, S.R.L. (Granollers, Barcelona) (representantes: M. Ceballos Rodríguez y J. Güell Serra, abogados)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: S. Palmero Cabezas y D. Walicka, agentes)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Alberto Masi (Milán, Italia) (representantes: C. Ceriani, S. Giudici y A. Ferreri, abogados)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 4 de octubre de 2016 (asunto R 793/2015-1), relativa a un procedimiento de nulidad entre M. Masi y J-M.-E.V. e hijos.
Fallo
1)
Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 4 de octubre de 2016 (R 793/2015-1).
2)
La EUIPO cargará, además de con sus propias costas, con las de J-M.-E.V. e hijos, S.R.L.
3)
El Sr. Alberto Masi cargará con sus propias costas.
( 1 ) DO C 63 de 27.2.2017.
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