18.9.2017
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 309/40
Recurso interpuesto el 3 de agosto de 2017 — Ghost — Corporate Management/EUIPO (Dry Zone)
(Asunto T-488/17)
(2017/C 309/53)
Lengua de procedimiento: portugués
Partes
Recurrente: Ghost — Corporate Management, S.A. (Lisboa, Portugal) (representante: S. de Barros Araújo, abogada)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Marca controvertida: Marca denominativa «Dry zone» — Solicitud de registro n.o 15498322
Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 5 de junio de 2017 en el asunto R 0683/2017-2
Pretensiones
La parte recurrente solicita al Tribunal General que:
—
Estime el presente recurso y, por tanto, anule íntegramente la resolución de la Segunda Sala de Recurso de 5 de junio de 2017 y, en consecuencia, sustituya la resolución impugnada por otra que considere interpuesto en plazo el recurso n.o R 683/2017-2, MUE n.o 015498322 Dry Zone, con la consiguiente tramitación posterior del procedimiento.
—
Condene en costas a la EUIPO.
Motivos invocados
—
Primer motivo: Infracción del artículo 60 del Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO 2009, L 78, p. 1), y de la regla 72, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 2868/95 de la Comisión, de 13 de diciembre de 1995, por el que se establecen normas de ejecución del Reglamento (CE) n.o 40/94 del Consejo sobre la marca comunitaria (DO 1995, L 303, p. 1), modificado por el Reglamento (UE) n.o 2015/2424 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, por el que se modifican el Reglamento n.o 207/2009 y el Reglamento n.o 2868/95 y se deroga el Reglamento (CE) n.o 2869/95 de la Comisión, relativo a las tasas que se han de abonar a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (DO 2015, L 341, p. 21).
—
Segundo motivo: inobservancia de las garantías procedimentales que asisten a la recurrente, al no haberse indagado la existencia de hechos que escapan a su propio ámbito de control o que dan lugar a fuerza mayor, vulnerándose así el principio de proporcionalidad.
—
Tercer motivo: violación de los principios de protección de la confianza legítima y de seguridad jurídica.