17.6.2019
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 206/13
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 10 de abril de 2019 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy w Sopocie Wydział I Cywilny — Polonia) — Procedimiento incoado por H. W.
(Asunto C-214/18) (1)
(Procedimiento prejudicial - Directiva 2006/112/CE - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Gestor de notificaciones judiciales y embargos - Ejecución forzosa - Tasas de ejecución determinadas por ley - Práctica administrativa de las autoridades nacionales competentes que considera que dichas tasas incluyen el IVA - Principios de neutralidad y de proporcionalidad)
(2019/C 206/15)
Lengua de procedimiento: polaco
Órgano jurisdiccional remitente
Sąd Rejonowy w Sopocie
Parte en el procedimiento principal
H. W.
Con intervención de: PSM «K», Aleksandra Treder, que actúa en calidad de gestora de notificaciones judiciales y embargos del Sąd Rejonowy w Sopocie
Fallo
Las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en su versión modificada por la Directiva 2013/43/UE del Consejo, de 22 de julio de 2013, y los principios de neutralidad del impuesto sobre el valor añadido (IVA) y de proporcionalidad deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una práctica administrativa de las autoridades nacionales competentes, como la controvertida en el litigio principal, según la cual el IVA relativo a las prestaciones de servicios realizadas por un gestor de notificaciones judiciales y embargos en el marco de un procedimiento de ejecución forzosa se considera incluido en las tasas cobradas por este.
(1) DO C 259 de 23.7.2018.