1.7.2019
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 220/13
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 21 de marzo de 2019 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional) — Telefónica Móviles España, S.A.U. (C-119/18), Orange España, S.A.U. (C-120/18), y Vodafone España, S.A.U. (C-121/18)/Tribunal Económico-Administrativo Central
(Asuntos acumulados C-119/18 a C-121/18) (1)
(Procedimiento prejudicial - Directiva 2002/20/CE - Artículo 6, apartado 1, y parte A del anexo - Autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas - Operadores de telecomunicaciones - Ámbito geográfico superior al de una comunidad autónoma - Aportación financiera anual - Contribución a la financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española)
(2019/C 220/17)
Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Telefónica Móviles España, S.A.U. (C-119/18), Orange España, S.A.U. (C-120/18), y Vodafone España, S.A.U. (C-121/18)
Demandada: Tribunal Económico-Administrativo Central
Fallo
La Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización), debe interpretarse en el sentido de que no están comprendidas en su ámbito de aplicación aportaciones financieras anuales, como la controvertida en los litigios principales, que se exigen a las empresas de telecomunicaciones que operan en España en un ámbito geográfico superior al de una comunidad autónoma y con la finalidad de contribuir a la financiación de la radio y televisión públicas.
(1) DO C 161 de 7.5.2018.