25.3.2019
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 112/9
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de enero de 2019 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Sofiyski gradski sad, Apelativen sad — Sofia — Bulgaria) — procedimientos penales contra AK (C-335/18), EP (C-336/18)
(Asuntos acumulados C-335/18 y C-336/18) (1)
([Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Control de la entrada o salida de dinero efectivo de la Unión Europea - Reglamento (CE) n.o 1889/2005 - Artículo 3, apartado 1 - Incumplimiento de la obligación de declarar - Artículo 4, apartado 2 - Medida de retención - Artículo 9, apartado 1 - Sanciones previstas por el Derecho nacional - Normativa nacional que establece, además de una pena privativa de libertad o de una pena de multa del quinto del importe de la cantidad no declarada, el decomiso de dicha cantidad por el Estado - Proporcionalidad])
(2019/C 112/12)
Lengua de procedimiento: búlgaro
Órgano jurisdiccional remitente
Sofiyski gradski sad, Apelativen sad — Sofia
Partes en el procedimiento principal
AK (C-335/18), EP (C-336/18)
Fallo
El artículo 4, apartado 2, y el artículo 9, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1889/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2005, relativo a los controles de la entrada o salida de dinero efectivo de la Comunidad, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el asunto principal, que, para sancionar el incumplimiento de la obligación de declaración impuesta por el artículo 3 de dicho Reglamento, establece, además de una pena privativa de libertad de un máximo de cinco años o de una multa del quinto del importe líquido no declarado, el decomiso por el Estado de la referida cantidad no declarada.
(1) DO C 276 de 6.8.2018.