30.4.2018
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 152/4
Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof (Austria) el 18 de enero de 2018 — Tiroler Gebietskrankenkasse / Michael Moser
(Asunto C-32/18)
(2018/C 152/05)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Oberster Gerichtshof
Partes en el procedimiento principal
Recurrente en casación: Tiroler Gebietskrankenkasse
Recurrida en casación: Michael Moser
Cuestiones prejudiciales
1)
¿Debe interpretarse el artículo 60, apartado 1, segunda frase, del Reglamento (CE) n.o 987/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) n.o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social (Reglamento n.o 883/2004), en el sentido de que un Estado miembro competente a título subsidiario (Austria) debe pagar a un progenitor con domicilio y trabajo en un Estado miembro prioritariamente competente (Alemania) con arreglo al artículo 68, apartado 1, letra b), inciso i), del Reglamento n.o 883/2004 (1) la diferencia entre el importe de la prestación parental («Elterngeld») concedida por el Estado miembro prioritariamente competente y el de la prestación por cuidado de hijos dependiente de la renta que debe pagar el otro Estado miembro en concepto de prestación familiar, en el caso de que ambos progenitores residan con los hijos comunes en el Estado miembro prioritariamente competente y sólo el otro progenitor esté empleado como trabajador transfronterizo en el Estado miembro competente a título subsidiario?
En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión:
2)
¿Debe determinarse el importe de la prestación por cuidado de hijos dependiente de la renta en función de los ingresos efectivamente percibidos en el Estado miembro de empleo (Alemania) o en función de los ingresos que hipotéticamente se obtendrían en una actividad profesional equivalente en el Estado miembro competente a título subsidiario (Austria)?
(1) DO 2009, L 284, p. 1.
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