26.3.2018
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 112/25
Recurso interpuesto el 31 de enero de 2018 — Comisión Europea / República de Bulgaria
(Asunto C-61/18)
(2018/C 112/33)
Lengua de procedimiento: búlgaro
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: G. von Rintelen, K. Walkerová, G. Koleva)
Demandada: República de Bulgaria
Pretensiones de la parte demandante
—
Que se declare que la República de Bulgaria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 15, apartado 1, de la Directiva 2014/89/UE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, por la que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo (DO 2014, L 257, p. 135), al no haber adoptado hasta el 18 de septiembre de 2016 a más tardar, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva o, en cualquier caso, al no haberlas comunicado a la Comisión.
—
De conformidad con el artículo 260 TFUE, apartado 3, ordene la imposición a la República de Bulgaria de una multa coercitiva periódica de 14 089,60 euros diarios, calculada a partir de la fecha en que recaiga sentencia declarativa del incumplimiento de la República de Bulgaria.
Motivos y principales alegaciones
1.
De conformidad con el artículo 15, apartado 1, de la Directiva 2014/89/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, por la que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo, los Estados miembros adoptarán las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en dicha Directiva a más tardar el 18 de septiembre de 2016. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones. Habida cuenta de que no se notificaron las medidas nacionales para transponer la Directiva a la Comisión, ésta ha interpuesto recurso ante el Tribunal de Justicia.
2.
En su escrito de recurso, la Comisión propone imponer a la República de Bulgaria el pago de una multa coercitiva periódica de 14 089,60 euros diarios. El importe de la multa coercitiva periódica se ha calculado teniendo en cuenta la gravedad y la duración del incumplimiento, así como el efecto disuasorio y la capacidad económica de dicho Estado miembro.
(1) DO 2014, L 257, p. 135.
Full & Egal Universal Law Academy