29.4.2019
ES
Diario Oficial de la Unión Europea
C 148/62
Recurso interpuesto el 6 de marzo de 2019 — Flovax/EUIPO — Dagniaux y Gervais Danone (GLACIER DAGNIAUX DEPUIS 1923)
(Asunto T-147/19)
(2019/C 148/62)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: francés
Partes
Recurrente: Flovax Sàrl (Doncols, Luxemburgo) (representante: C.-S. Marchiani, abogado)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Dagniaux (Roubaix, Francia), Compagnie Gervais Danone (París, Francia)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Solicitante: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso, Compagnie Gervais Danone
Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión GLACIER DAGNIAUX DEPUIS 1923 de color «texto y pintura: Pantone azúl n.o 302; fondo: Pantone n.o 1205c (crema)» — Marca de la Unión n.o 896480
Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad
Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 18 de mayo de 2018 en el asunto R 2210/2016-1 y R 2211/2016-1
Pretensiones
La parte recurrente solicita al Tribunal General que:
—
Modifique la Resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea de 18 de mayo de 2018 adoptada en los asuntos n.o R 2210/2016-1 y R 2211/2016-1.
—
Declare la admisibilidad del recurso R 2211/2016-1 interpuesto por FLOVAX ante la Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
—
Anule la Resolución de la División de anulación n.o10417 C adoptada sobre la base del artículo 55, apartado 1, del RMUE, a raíz de la solicitud de caducidad registrada el 22 de octubre de 2015 por la Compagnie Gervais Danone desestimando en su totalidad la referida solicitud de caducidad.
—
Condene a la Compagnie Gervais Danone a pagar al titular de la marca, la tasa de anulación y los gastos de representación, fijadas sobre la base de la tarifa máxima indicada en el artículo 94 del RMUE.
Motivos invocados
—
Infracción del artículo 70, del Reglamento (UE) n.o 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.
—
Vulneración del principio de contradicción.
—
Error de Derecho en la apreciación por la Sala de Recurso de las condiciones de inadmisibilidad del recurso interpuesto ante esta.
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