Avis juridique important
Documentos relativos a la adhesión del Reino de España y de la Republica Portuguesa a las Comunidades Europeas, Acta relativa a las condiciones de adhesión del Reino de España y de la Republica Portuguesa y a las adaptaciones de los Tratados, Segunda parte: Adaptaciones de los Tratados, Titulo I: Disposiciones institucionales, Capitulo 4: El Tribunal de Justicia, Articulo 19
Diario Oficial n° L 302 de 15/11/1985 p. 0026
Artículo 19
Los párrafos segundo y tercero del artículo 32 ter del Tratado CECA , los párrafos segundo y tercero del artículo 167 del Tratado CEE y los párrafos segundo y tercero del artículo 139 del Tratado CEEA serán sustituidos por las disposiciones siguientes :
« Cada tres años tendrá lugar una renovación parcial de los jueces . Dicha renovación afectará alternativamente a siete y seis jueces .
Cada tres años tendrá lugar una renovación parcial de los abogados generales . Dicha renovación afectará cada vez a tres abogados generales . »
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