Avis juridique important
Documentos relativos a la adhesion del Reino de Espana y de la Republica Portuguesa a las Comunidades Europeas, Acta relativa a las condiciones de adhesion del Reino de Espana y de la Republica Portuguesa y a las adaptaciones de los Tratados, Quinta parte: Disposiciones relativas a la aplicacion de la presente Acta, Titulo I: Constitucion de las instituciones, Articulo 383
Diario Oficial n° L 302 de 15/11/1985 p. 0136
Artículo 383
1 . Desde el momento de la adhesión , la Comisión quedará completada con el nombramiento de tres miembros suplementarios y la designación de un sexto vicepresidente entre los miembros de la Comisión ampliada . El mandato de los miembros así nombrados concluirá al mismo tiempo que el de los miembros que sigan desempeñando sus funciones en el momento de la adhesión .
El mandato del sexto vicepresidente designado concluirá en la misma fecha que el de los otros cinco vicepresidentes .
2 . Antes del 31 de diciembre de 1986 , el Consejo examinará por vez primera si procede aplicar el párrafo cuarto del artículo 14 del Tratado por el que se constituye un Consejo único y una Comisión única de las Comunidades Europeas .
3 . La Comisión efectuará en su reglamento interno las adaptaciones que resulten necesarias a consecuencia de la adhesión .
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