Avis juridique important
Documentos relativos a la adhesion del Reino de Espana y de la Republica Portuguesa a las Comunidades Europeas, Acta relativa a las condiciones de adhesion del Reino de Espana y de la Republica Portuguesa y a las adaptaciones de los Tratados, Anexo XXXII: Lista prevista en el articulo 378 del Acta de adhesion, VI. Politica social
Diario Oficial n° L 302 de 15/11/1985 p. 0388
VI . POLÍTICA SOCIAL
1 . Reglamento ( CEE ) n º 2950/83 del Consejo , de 17 de octubre de 1983 ( DO n º L 289 de 22 . 10 . 1983 , p. 1 ) .
Para la aplicación del artículo 3 en lo que se refiere a Portugal , los centros ya creados en el momento de la adhesión se beneficiarán de las mismas disposiciones que las previstas en el apartado 2 de dicho artículo a condición de que el cálculo de la amortización se efectúe sobre el valor residual de los centros de formación profesional . Estos centros se considerarán definitivamente amortizados al finalizar el sexto año siguiente a la fecha de la adhesión .
2 . Directiva 80/1107/CEE del Consejo , de 27 de noviembre de 1980 ( DO n º L 327 de 3 . 12 . 1980 , p. 8 ) .
Los plazos de tres y cuatro años establecidos , respectivamente , en virtud de los párrafos primero y segundo del apartado 1 del artículo 11 , en lo que se refiere a la República Portuguesa , empezarán a correr a partir de su adhesión .
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