ARCHIVES HISTORIQUES
DE LA COMMISSION
COLLECTION RELIEE DES
DOCUMENTS "COM"
COM (86) 304
Vol. 1986/0147
Disclaimer
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concernant l'ouverture au public des archives historiques de la Communauté économique
européenne et de la Communauté européenne de l'énergie atomique (JO L 43 du 15.2.1983,
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(JO L 243 du 27.9.2003, p. 1), ce dossier est ouvert au public. Le cas échéant, les documents
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concerning the opening to the public of the historical archives of the European Economic
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amended by Regulation (EC, Euratom) No 1700/2003 of 22 September 2003 (OJ L 243,
27.9.2003, p. 1), this file is open to the public. Where necessary, classified documents in this
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In Übereinstimmung mit der Verordnung (EWG, Euratom) Nr. 354/83 des Rates vom 1.
Februar 1983 über die Freigabe der historischen Archive der Europäischen
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der genannten Verordnung freigegeben.
C O M I S I 0 N D E L A S C O M U N I D A D E S E U R O P E A S
COM(86 304 final.
Bruselas, 7 octubre 1986
INFORME DE LA COMISION AL CONSEJO
PROYECCIONES A MEDIO PLAZO DE LOS GASTOS EN CONCEPTO
DE PROTECCION SOCIAL Y SU FINANCIACION
COM(86) 304 final.
CONTENIDO
1. Introducción
2. Ingresos
3. Gastos
1. Importancia de Los ingresos en el producto interior
bruto
2. Naturaleza de Los ingresos
3. Examen detallado de Las cotizaciones sociaLes
4. Sector de origen
1. Gastos y prestaciones en concepto de protecciôn sociaL
2. Gastos sociaLes y producto interior bruto
3. Funciôn de Las prestaciones de protecciôn sociaL
4. SaLud
5. Vejez y supervivencia
6. Maternidad/FamiLia
7. EmpLeo
8. Subsidios fiscaLes
9. Transacciones de capital
Apéndices: A - Cuadros pormenorizados
B - Supuestos economi cos
C - "Prestaciones sociaLes" y "Prestaciones en concepto
de Protecciôn Social"
D - Funciones de protecciôn sociaL - contenido
E - Edades de jubiLaciôn utilizadas para Los cômputos
NOTA
Contenido de otro tomo con Los informes nacionales:
Datos para 1982 y 1987: ingresos
gastos
demografia
1
CAPITULO UNO
INTRODUCCION
EL 28 de julio de 1978 La Comisión envió al Consejo un informe
referente a Las proyecciones de gastos sociales para 1980 y su financiación,
conjuntamente con Los informes nacionaLes que Les sirvieron de fundamento.
EL Consejo expresó su satisfacción por La Labor realizada y
reconoció el valor del documento presentado. A continuación el Consejo
solicitó a La Comisión que, en colaboración con expertos gubernamentales,
evaluara la experiencia adquirida durante La preparación del informe y que
respondiera con propuestas para una nueva etapa del trabajo.
Los servicios de La Comisión presentaron propuestas para un
programa de trabajo de cuatro anos, que fueron aprobadas por el Consejo en
diciembre de 1982 (1).
Este programa està destinado a proporcionar a Las personas
responsables, a nivel comunitario y a nivel nacional, datos periódicos sobre
Las tendencias a medio pLazo en materia de gastos sociales y su financiación,
especiaLmente en Lo que respecta a su principal componente: La seguridad
social, incluyendo Las consecuencias en materia de gastos de Las propuestas
presentadas por La Comunidad en este àmbito, en particular Las destinadas a
mejorar La situación del empieo (tales corno fLexibiLidad en Las condiciones de
jubi Lación).
Este programa consta de:
1. Informes sucintos anuales
2. Anàlisis de poLiticas prioritarias
que han de ser elaborados por Los servicios de La Comisión. Los resultados de
Los anàlisis se examinaràn principalmente en el marco de La coordinación en el
àmbito de La seguridad social, establecido en enero de 1974 por una resolución
del Consejo.
Este documento consiste en el informe anual sobre Lajs proyecciones
para el ano 1987 comparadas (2) con Las correspondientes al ano 1982. (Los
informes nacionaLes en Los cuaLes està basado este documento pueden obtenerse
a solicitud de La Comisión, estando sujetos a restricciones presupuestarias).
Los supuestos económicos subyacentes a Las proyecciones para 1987 se
establecieron (en 1985) segun el modeLo economètrico de La Comisión (COMETT).
Los supuestos demogràficos, asi corno otros supuestos, se desarrollaron a nivel
nacional. Las proyecciones contenidas en este informe no refLejan forzosamente
Las opiniones oficiales nacionaLes, que podrian estar basadas, por ejemplo, en
otros supuestos económicos o sociales. ALgunas diferencias para el ano 1982
entre Los datos que figuran en este informe y Los publicados por La Oficina de
Estadisticas de Las Comunidades Europeas se deben en gran parte a La incLusión
de este informe de Los desembolsos de capitai y Las prestaciones fiscales. Por
ultimo, no ha sido posible expLicar todos Los cambios que figuran en este
informe debido a su caràcter sintètico.
(1) C0M(81) 661 final.
(2) Basado en La legislación vigente al 1 de enero de 1985. La utilización de
una Legislación constante significa que Los datos correspondientes a 1987
son proyecciones antes que intentos de presentar previsiones realistas.
CAPITULO 2
INGRESOS
El constante elevado nivel de desempleo en los paises de la Comunidad, el
deterioro progresivo de la configuración por edades de la población, tendencia
que ha de proseguir, y los problemas particulares del sector sanitario
condujeron en el pasado a elevadas tasas de aumento en los gastos de
protección social. Esto también repercute en los ingresos de la seguridad
social. Si no se intenta luchar contra està evolución mediante La reducción de
las prestaciones, una gran parte de los fondos del presupuesto generai de una
pais tendrà que ser utilizada para este fin o tendràn que aumentar las
cotizaciones a la seguridad social.
En este documento, tal corno en proyecciones anteriores, se hara una distinción
entre la naturaleza de la financiación (es decir principalmente cotizaciones y
fondos gubernamentales) por una parte, y el sector de origen (empresas,
gobierno, familias) por otra. Al mismo tiempo cabe senalar que se presentan
aqui cifras globales para todas las funciones de la seguridad social. Sólo se
hacen distinciones por pais y no por función separada. Por lo tanto las cifras
citadas sólo representan en cada caso un promedio para el pais al cual se
refieren, mientras que dentro de los sectores individuales del sistema de
seguridad social la financiación puede organizarse de modos muy diferentes
(por ejempio, en ningun caso queda explicito aqui que el servicio de sanidad
del Reino Unido se financia casi enteramente a través de imposiciones
fiscales. Esto queda encubierto por la financiación mediante cotizaciones,
habitual en otros sectores).
2.1. Importancia de los ingresos en el producto interior bruto
El siguiente cuadro 2.1. indica còrno la evolución de los gastos, mencionada al
comienzo de este capitulo, influye en los ingresos. En el cuadro de los
ingresos estàn expresados corno un porcentaje del producto interior bruto y
esto muestra claramente la parte del PIB utilizada para financiar los gastos
de seguridad social.
Cuadro 2.1.; Ingresos corno porcentaje del PIB
CEE B DK £ F GR IRL I L NL UK
1981 29.0 29.7 32.3 30.6 30.1 16.9 23.9 25.8 29.3 37.9 26.4
1982 28.9 30.8 32.9 .6 28.6 19.2 24.2 26.8 30.2 39.0 27.3
1987 28.8 29.0 30.6 29.3 28.1 21.4 23.9 28.6 29.4 39.9 26.4
A fin de destacar claramente la tendencia se incluyen en el cuadro las cifras
(efectivas) correspondientes a 1981. Queda manifiesto que de 1981 a 1982, en
la mayoria de los Estados miembros, hubo un nuevo aumento del porcentaje. Por
otra parte, las proyecciones para 1987, con excepción de Grecia, Italia y
Holanda, indican una disminución, en la mayor parte de los casos a niveles
inferiores al de 1981. Sin embargo, està disminución podria también deberse en
parte a hipótesis mas optimistas respecto a la evolución futura del productor
interior bruto.
Asi en 1982 se destino entre un 19,2% (GR) y un 39% (NL) a financiar la
protección social, y para 1987 se prevén cifras que fluctuaràn entre un 21,4%
(GR) y un 39.9% (NL).
En las secciones siguientes figuran detalles de la composición de los recursos
financieros implicados.
2.2. Naturaleza de los ingresos
Al principio de esta sección debe voiver a senalarse que las actuales
proyecciones para 1987 se establecieron sobre la base de una legislación
nacional constante (fecha de referencia: 1 de enero de 1985). Esto no deja de
ser importante, puesto que recientemente se ha di scuti do cada vez mas la
estructura de los ingresos y en 1987 podrian producirse cambios imprévisibles.
a) Estructura
La division de los ingresos segun su naturaleza indica que en 1982, sobre la
media de la Comunidad, dos tercios de los fondos continuaron obteniéndose en
forma de cotizaciones (de patrones o personas aseguradas). En 1987 esta
situación habra variado muy poco. Aproximadamente un 30% procede de
subvenciones gubernamentales y el resto de otros ingresos diferentes. Sin
embargo la composición nacional de estas cifras, tal corno figuran en el
gràfico 2.1. siguiente, ofrece més información que las cifras globales:
Grafico 2 . 1 NaturaLeza de Los ingresos: estructura por porcentaje
1987
NATURALEZA(l) CEE
Cotizactones
socia les
Fondos Guber j 28.1
namentales |----
Otros ingresos 5.1
DK
59.0 I 15./
,8.2 75.Q 22.
77,8
19. 2
GR
47.A
49.6
IRl I
35.1
NL UK (3)
?3,9
64,0 K 5
58.3 63.2
35.2 19.2
L__|—
48.7
42.6
2.8 9.6 3.4 3,0 '3.0 0.9 1.6 6.5 17.6 8.7
1982
Cotizaciones
sociales
Fondos Guber
namentales
Otros ingresos 5.2
59.5 j11.7
36.1 82.9
71 .7
19.;
77.2
19.7
51. 35.1
a 63.6
70.1
27.
57.2
33.3
-1 I- (_
66.6
20.2
48.
43.2
4.4 5.4 9.0 3.2 6.2 1 -3 2.4 9.5 13. 2 8.7
(1) Las clasificaciones utilizadas en este informe se han definido en el
"Sistema europeo de estadisticas de protección social integrada,
Metodologia - 14 parte". Eurostat, 1981
(2) Los datos correspondientes a la CEE son una suma de las cantidades de cada
pais, expresadas en ECUS. Para 1987 se emplearon los ultimos tipos de
cambio disponibles (Agosto 1985)
(3) Los datos del Reino Unido (UK) se refieren al ano financiero y no al ano
civil. (p.ej. 1 de abril de 1982 al 31 de marzo de 1983).
r
6
En 1982 La importancia de Los demis ingresos fué escasa, y en 1987 (con
excepción de Dinamarca y de HoLanda) tenderà a di sminuir aun mis. Por otra
parte, mis deL 90% de Los ingresos totaLes proceden de cotizaciones a La
seguridad sociaL o de fondos gubernamentaLes. Si se compara un pais con otro,
eL equiLibrio entre esas dos fuentes de ingresos varia cLaramente.
La mayoria de estos pai ses se basa principaLmente en Las cotizaciones a La
seguridad sociaL. Hasta eL 75% de Los recursos proceden de esta fuente
(ALemania, Francia, ItaLia). No obstante, soLamente en Las cifras
correspondientes a IrLanda (35.1% en 1987) y sobre todo, a Dinamarca (15.4%)
existen diferencias importantes. Durante eL periodo anaLizado se observarân
muy pocos cambios en estos dos paises con respecto aL mètodo seguido
tradicionaLmente de financiar La protecciôn sociaL con cargo a Los fondos deL
presupuesto generaL. En IrLanda, en 1987, Las subvenciones gubernamentaLes
ascenderân a unos dos tercios, y en Dinamarca, a unos très cuartos, sobre Los
ingresos totaLes. SôLo en Grecia y en eL Reino Unido se financia La protecciôn
sociaL en proporciones mis o menos iguaLes con cotizaciones y subvenciones
gubernamentaLes.
Una vez mâs debe recaLcarse aqui que estas cifras son, en cada caso, promedios
nacionaLes basados en La estructura de todo eL sistema de protecciôn sociaL.
En sectores determinados pueden descubrirse variaciones importantes, taL corno
Lo demuestra eL ejempLo reLativo aL servicio nacionaL de sanidad deL Reino
Unido citado anteriormente.
b) Tendencias
La descripción deL grafico 2.1. indica La division finaL en porcentajes para
1987, pero no reveLa si La modi fi cación con respecto a 1987 puede atri buirse
aL hecho de que una proporción està aumentando y La otra disminuyendo o si
ambas aumentan o disminuyen, siendo, aL mismo tiempo, un eLemento mâs fuerte
que eL otro.
EL cuadro siguiente ofrece un estudio compLeto de cambios probabLes que
tendrân Lugar en 1987, Lo que permite comparar eL promedio anuaL de
modificaciones en eL periodo sobre eL que se reaLiza La proyecciôn. En este
proceso se han tenido en cuenta Las tasas variables de inflaciôn en Los
diferentes paises (se emplea eL indice de precios aL consumo). Puesto que La
medida de cada componente de ingreso es La misma para cada pais se pueden
establecer también comparaciones entre determinadas clases de ingresos.
Gràfico 2.2.- Naturaleza de Los ingresos - Promedio de Los cambios anuales
1982-1907 —
(modi fi cado conforme a La tasa de inflación proyeefada)
CEE B DK D F GR IRL I L Nt UK
r ~ *
i- ---
Cotizaciones i
Sociales ‘••6 \~Q.6\ 7 .1 :L I i--- - 1.2
Fondos del
Gobiemo
Total de
ingresos
0.2 1.8
- 0.6 1.5
1.2 0.7 · 1.4
1.5
I 0.8 9.3 ! :2.3 1.5 '1.9 ! : 1.3|
5.9 2 . 2i 3.9 1.4 1.6
Con respecto al promedio comunitario se prevé una tasa anual de aumento reaL
del 1.2% de Los ingresos totales, con un predominio de las contribuciones
sociales sobre los fondos del Gobierno, con tasas respectivas de 1.6% y 0.2%.
Sin embargo no es posible discernir una tendencia uniforme de este tipo a
nivel nacional. En Dinamarca, Francia, Italia y el Reino Unido predomina un
aumento de las contribuciones sociales, tanto en un pais en el que la mayor
parte -un 77%- de sus ingresos procede de està fuente (FR), corno en el que
apenas representan un 15% (DK). Por otra parte, en Belgica, Grecia, Irlanda y
Luxemburgo predomina un incremento probable de los fondos del gobierno.
Los promedios mas elevados de crecimiento estàn proyectados para Grecia
(5.9%), Italia (3.9%) e Irlanda (2.2%). En Grecia el principal aumento procede
de fondos del gobierno y en Italia de las contribuciones sociales mientras que
en Irlanda aumentan ambos tipos de ingresos.
2
En determinados paises eL aumento de Los ingresos depende mås de "otros
ingresos" (que no figuran en este grafico que de Las cotizaciones sociales o
de fondos deL Gobierno. Este es eL caso de Luxemburgo y de HoLanda, paises en
que La evoLución de Los ingresos totaLes se ve menos afectada por Los dos
factores principaLes citados, es consecuencia de una variación reaL anuaL de
"otros ingresos" reLativamente pronunciada (Luxemburgo: -6.4%; HoLanda +7.5%).
Los detaLLes reLativos aL niveL (nominal) de Los distintos tipos de ingresos
para 1982 y 1987 pueden encontrarse en Los cuadros 1 y 2 del anexo.
2.3. Examen detaLLado de Las cotizaciones sociaLes
Las cotizaciones sociaLes se dividen en dos grupos principales segun sean
cotizaciones pagadas por Los empresarios o pagadas por personas protegidas. EL
primer grupo se subdivide ademås segun su naturaleza, es decir, segun se trate
de cotizaciones efectivas o atribuidas, y eL segundo grupo se subdivide segun
La situación del contribuyente con relación aL trabajo, es decir segun se
trate de empleados, trabajadores por cuenta propia o entren en La categoria de
varios (jubiLados, etc.). A este respecto, tanto eL sector privado corno Las
administraciones publicas deben ser considerados corno empresarios.
Las cotizaciones efectivas abarcan aqueLlos apagos que Las personas aseguradas
ò sus empresarios entregan directamente o por mediación de un locai de
recaudación a Las instituciones que otorgan prestaciones sociales, para otener
el derecho a dichas prestaciones y/o Las prestaciones en si mismas. Las
cotizaciones sociaLes atribuidas son La contrapartida o el valor de las
prestaciones pagadas directamente por empresarios a empleados actuales o
antiguos y a otras personas con derecho a ellas (1).
Por término medio en la Comunidad algo mås del 60% de Las cotizaciones
sociaLes procede de Los empresarios y algo menos del 40% de Las personas
aseguradas. A su vez aproximadamente 3/4 de Las cotizaciones de Los
empresarios consisten en cotizaciones efectivas y 1/4 en cotizaciones
atribuidas. En eL caso de Las cotizaciones realizadas por Las personas
protegidas, mås de 3/4 de estas personas son empleados.
Durante el periodo analizado se dan muy pocas modi ficaciones con respecto a
Las cifras båsicas.
(1) EUROSTAT: Sistema europeo de estadisticas integradas de protección social
-metodologia- 1a Parte, capitulo 7.
Cuadro 2.2.: NaturaLeza de las cotizaciones sociales - Estructura porcentual
1987
Cotizaciones
Sociales
Œ p B DK D F GR IRL I ’ L NL ÜK
X X \ X X X X X X % %
Empresarios
Efec.tivas
Atribuidas
65.0 67.8 72.3 57.7 68.0 47.6 64.3 78.A 56.5 A6.8 64.6
47.8“ 52.8 38.8 37.6 56.0 - 42.9 56.1 42.0 40.7 47.3
16.7° 15.0 33.4 20.1 12.0 - 21.4 22.3 14.5 6.1 17.3
Personas
Protegidas
Empleado'
Trabajadores 0ör
cuenta propiM
Jubi Lados u otros
35.0 32.2 27.7 42.3 32.0 52.4 35.7 21.6 43.5 53.2 35.4
26.6^25.3 27.7 31 .6 25.4 - - 13.7 37.7 38.1 33.3
4.4l 6.0 - 1.5 6*. 6 - - 7.9 5.3 4.6 1.5
3.4*· 0.9 9.2 0.5 10.4 0.6
Total 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100
1982
CEE B DK D F "CR IRL I L NL* UK
Cotizaciones
Sociàies X % X X % X X X X X X
Empresarios
Efectivas
Atribuidas
64.7-
66.8°
17.5°
68.6
53.3
15.3
78.7
29.6
42.2
57.1
36.5
20.6
69.7
57.0
12.7
49.7 66.2
43.3
22.9
78.7
53.7
25.0
59.1
44.3
14.7
49.6
42.9
6.7
65.9
47.2
18.6
Personas 35.3r 31.4 21.3Protegidas 43.0 30.3 50.3 33.8 21.3 40.9 50.4 34.1
Empleados 27. oj; 23.9 21.3 31.7 23.9 - - 15.0 35.4 36.9 32.2
Trabajadores por 3.8C 6.6 - 1.5 6.4 - - 6.3 5.0 3.9 1.3
cuenta propia
Jubilados u otros 3.9C 0.9 * 9.8
A 0.5 9.6 0.7
Total 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100
B Excepto Grecia
C Excepto Grecia e Irlanda.En el caso de Francia,'Vjubi lados'
en "trabajadores por cuenta propi a”.
A Incluido en "trabajadores por cuenta propia".
u otros" està incluido
Està evoLución se refleja una vez mas en Las cifras nacionales proporcionadas
en el cuadro 2.2. En todos Los paises, con excepción de La RepubLica FederaL
de ALemania se observa una disminución mas o menos pronunciada de La parte
patronaL en Las cotizaciones sociales, con eL incremento correspondiente de La
parte financiada por Las personas protegidas. Este cambio es mas pronunciado
en Dinamarca, con un 6,4%. A su vez, también se observa un marcado cambio de
distribución en La reLación entre Las cotizaciones efectivas y atribuidas de
Los empresarios. AL mismo tiempo, sobre todo en eL caso de Dinamarca, estas
cifras no deben interpretarse sin consuLtar eL cuadro 2.1. En 1982 sóLo eL
11,7% y en 1987 probablemente un 15.4% deL totaL de Los ingresos de La
seguridad sociaL son financiados en Dinamarca con cargo a Las cotizaciones deL
seguro sociaL. Por consiguiente, en términos absoLutos, Las modificaciones
indicadas en eL cuadro 2.2. quedan dentro de Limites precisos.
2.4.Sector de origen
a) Estructura
En La siguiente descomposición de Los ingresos segun el sector de origen se
hace una distinción entre empresas, Estado, familias y otros sectores. (En
principio eL sector de empresas abarca tanto Las empresas privadas corno Las
empresas publicas, pero en ciertos paises algunas actividades aun se
clasifican dentro de Las gubernamentales). A su vez, el sector gubernamental
sólo queda registrado con una cifra gLobal y se encontraràn datos mas
detallados en Los cuadros A-1 y A-2 del Anexo, donde se subdividen de nuevo
Los datos entre Gobierno centrai, autoridades locales y seguro sociaL. "Otros
sectores" se refiere principalmente a "organizaciones privadas" y al resto del
mundo. Desde un punto de vista cuantitativo, son de escasa importancia.
La carga principaL (mas del 99%) es soportada por Los tres sectores: empresas,
administraciones publicas y familias correspondiendo al Estado aproximadamente
2/5, a Las empresas 1/3 y a Las familias 1/4.
Gråfico 2.3. ~ Ingresos por sector de origen: estructura porcentual
1987
Empresas
Adninistraciones
publicas
Familias
CEE
38.5
26.9
OK
32.5! T;.i1
47.0 89.1
120.3 -4.3 .. '
36 .i
30.1
I 32.8
40.!
31.4
126.3l cu
Otros sectores 0.7 0.2 2.5 0.5 1 ’.8
GR IRL I - - L NL UK
27.3 32.6 £^4
72.4
12.5
55.8
31.8
46.4
26.2!
33.0
[33.7
53.3
1.1 0 .3 0.1 0 .6 0
1982
Fmpresas
Adhrinistraciones
publicas
Familias
33.5
i — ,—
3.1
45.5 93.1
Otros sectores 0.8
20.6! I 2.5
.>4.9
'2.4
32.i
41.3
;2.i
24. 7
14.21 29.9 27.9 52.1 ?9.7
72.
11.8
39.3
30.-4
47.6
2A .2
53.4
54.0
53.8
6.5
0.4 1.2 0.5 2.2 1.5 0.4 0.4 0.6 0
Tal corno se desprende del gràfico 2.3., las cifras nacionales divergen
parcialmente de forma considerada. En Alemanna y en Holanda, por ejemplo la
distribución es muy similar, en cada caso, aproximadamente 1/3 de los recursos
procede de los sectores citados. Por otra parte la financiación por el Estado
domina en Dinamarca (alrededor del 90%) y en Irlanda (mas del 70%). Dinamarca
también es el ùnico pais en que, dentro del sector estatal, las autoridades
locales desempenan un papel importante en la financiación, cubriendo alrededor
del 36% de la participación del Estado. En el caso de otros paises està
participación es bastante menor (véase los cuadros A-1 y A-2 del Anexo).
b) Tendencias
El gràfico 2.3. muestra las tendencias en los sectores de origen de los
ingresos. El gràfico indica un leve incremento en la carga de las empresas
hasta 1987 y un claro aumento en la proporción de la carga que soportan las
familias. El Estado serà el beneficiario de està tendencia ya que su
participación en la financiación disminuirà del 40.0% al 38.5% o sea en un
1.5%. La participación de los "otros sectores" apenas cambiarà. El gràfico
2.4. lo demuestra basàndose en el término medio de las tasas anuales de
aumento (ajustado segun los niveles de inflación) para el periodo tornado en
consideración. Mientras que el total de los ingresos dentro de la Comunidad
aumentarà probablemente en términos reales en una proporción del 1.2% anuales
para el sector "administraciones publicas" està cifra es de sólo 0.6% mientras
que para las empresas y familias es de 1.6% y 2.0% respectivamente.
\1
Grafico 2.4. Sector de origen - Promedio de modi fi caciones anuales 1982-1987
(ajustado segûn Los nivelés de inflación)
CEE B DK D F GR IR I L NL UK
Enpresas 0.1 7.2 1.4 1.1 5.^ 1 -ih 4
c m
1.8 1.4
0.6
Administraciones
publicas
1.4
- 1.0
Familias
0.9
2.6
1.2 1.4
,··'·. b.3 4.9 1.3 2.7
Ingresos
: Totales
1.2 1.4 0.5 1.3 5.9 2.2 3.9 El 1.4 1.6
Esto corresponde también a la tendencia que se registra a nivel nacional. Con
excepciôn de Bèlgica e Irlanda el sector "Estado” es el que acusa las tasas
mas bajas de aumento en todos los paises; en Alemania es de prever una
disminución real anual del 1%. Esta discrepancia se hace més evidente en
Dinamarca donde la carga de las empresas y de las fami lias aumentar!
anualmente en un7.2% e incluso 12.9% respectivamente. Al mismo tiempo, deberia
senalarse una vez mas, por precauciôn, que en Dinamarca estos dos sectores
juntos representan menos del 10% de la previsiôn financiera global. No
obstante/ y por consiguiente, la participación del Estado en la financiaciôn
de la seguridad social disminuye del 93.1% en 1982 al 89.1X en 1987.
H
Si se considerar! Los très sectores conjuntamente se desprende que las tasas
médias mas elevadas de aumento se registran en Italia e Irlanda, que a la vez,
junto con Bèlgica, es el unico pais en que el sector de las empresas acusa la
menor tasa de aumento de todos Los sectores analizados aqui, (a este respecto
no se tiene en cuenta Grecia ya que no hay cifras disponibles para el origen
por sector de Los ingresos).
CAPITULO TRES
GASTOS
3.1. Gastos y prestaciones de protección social
Antes de considerar cada una de Las funciones cubiertas por La
protección sociaL, es conveniente senalar que no todos Los gastos en concepto
de protección sociaL se destinan directamente a subsidios recibidos
directamente por Las personas. Las razones son, en primer Lugar, que Los
desemboLsos en concepto de equipo capitaL se producen también corno gastos en
concepto de necesidades corrientes, y esta suma representa eL totaL de Los
gastos de protección sociaL:
gastos corrientes
+ gastos de capitaL
= gastos de protección sociaL
La información disponibLe referente a gastos de capitaL se examina
posteriormente en este capituLo.
Los gastos corrientes pueden subdividirse ademâs en:
subsidios de protección sociaL
costes administratives
otras transacciones corrientes.
Los subsidios de protección sociaL pueden subdividirse en:
subsidios sociaLes
otros subsidios en forma de bienes y servicios
subsidios fiscaLes.
La diferencia entre "subsidios sociaLes" y "otros subsidios en
forma de bienes y servicios" se anaLiza en eL Apéndice C de este informe.
La importancia relativa de Los subsidios de protección sociaL en
Las proyecciones para 1987 se indica en eL cuadro siguiente:
Cuadro 3.1. Gastos corrientes en concepto de protecciôn social: estructura
porcentuâT
1987
CEE B DK D F GR IRL I L NL UK
x x x x x x x x ' x x x
96.2 94.9 97.3 96.5 95.3 95.3 96.4 93.4 96.1 95.9 96.4
3.8 5.1 2.7 3.5 4.7 4.7 3.6 6.6 3.9 4.1 3.6
100 1 00 1 00 1 00 1 00 100 100 100 100 100 1 00
Del cuadro 3.1 se desprende que los costes administrativos
constituyen mâs o menos el 5X de los gastos corrientes, variando de un 6,6% a
un 2.7% segûn el pais. Debe tenerse en cuenta que este total de costes
administrativos puede abarcar porcentajes muy distintos segûn el tipo de plan,
y que los planes de ayuda social exigen en general costes administrativos
mucho mâs elevados que los planes de seguro, en tanto que porcentaje de
beneficios.
"Otros gastos corrientes" constituye una paçtida residual de cantidades
dificites de clasificar en otra parte, y que représenta habitualmente menos
del 1% del total de gastos corrientes.
3.2. Gastos de protecciôn social y producto interior bruto
Las comparaciones directas de gastos totales no son muy
reveladoras debido a diferencias en el numéro de habitantes y en el poder
adquisitivo de la moneda. Estos problemas pueden superarse en parte expresando
los gastos de protecciôn social como proporciôn del producto interior bruto
(PIB), tal como figura en el cuadro 3.2 siguiente.
Las prestaciones fiscales quedan excluidas de este cuadro debido a que varios
paises no han podido proporcionar datos.
Cuadro 3.2. Gastos en concepto de protecciôn social como porcentaje del PIB
CEE B DK _F GR IRL 1 L NL UK
1987 27.0 28.1 26.4 28.5 29.2 20.9 22.7 25.5 27.2 32.5 22.2
1982 27.4 30.5 30.3 29.8 28.5 19.0 22.8 26.1 28.9 33.2 23.5
Las cifras indican que el porcentaje que corresponde a la CEE, del
27.4% en 1982, segûn las proyecciones para 1987 disminuirâ ligeramente hasta
27.0%.
Se dan diferencias sensibles entre los Estados miembros. Se han
proyectado disminuciones de los porcentajes para todos los paises excepto
Francia y Grecia. Debe senalarse que los datos de gastos correspond!entes a
Irlanda no comprenden pensiones profesionales ni prestaciones de enfermedad.
Prestaciones de
protecciôn
social
Costes Adminis
trativos y otros
gastos corrien
tes
Total de transac-
ciones corrientes
Las comparaciones anteriores no distinguen Las prestaciones en
dinero de Las prestaciones en especie taLes como asistencia sanitaria y Labor
sociaL. Esta division se ha tenido en cuenta en eL cuadro siguiente, que
senaLa importantes diferencias entre Los diversos paises:
Cuadro 3.3. Prestaciones de protecciôn sociaL en dinero y en especie en %
de|_ pjB “ ‘
Dinero
1987
1982
CEE
18.0
18.0
20.7
22.8
DK
15.4
18.1
18.4
18.5
18.9
18.4
GR
s/d
s/d
IRL
15.2
14.6
18.2
17.8
19.4
20.2
NL
25.1
25.4
UK
15.5
16.6
Especie
1987 7.5 6.0 10.4 9.1 8.9 s/d 7.4 5.3 6.7 6.1 6.4
1982 8.0 6.1 11.5 9.7 8.6 s/d 8.3 6.4 6.4 6.6 7.1
EL cuadro indica que sóLo se proyecta una disminución de Las
prestaciones en especie para La CEE. Francia, ItaLia, IrLanda y La RepubLica
FederaL de ALemania proyectan un pequeno aumento en eL porcentaje deL PIB
destinado a prestaciones en dinero, correspondiendo reducciones a Los demàs
paises, en particuLar a BéLgica y Dinamarca, La disminución en eL porcentaje
de Las prestaciones en especie es especiaLmente fuerte en Dinamarca, IrLanda,
ItaLia y eL Reino Unido.
3.3. Las funciones de Las prestaciones de protección sociaL
La separación de Las prestaciones en distintas "funciones" o
"riesgos", en términos de seguro, se fundamenta en una hipótesis de trabajo
metodoLógica comparabLe que sirve de base para estadisticas y proyecciones
nacionaLes. Pueden distinguirse determinados tituLos gLobaLes:(1)
Enfermedad
Vejez (incLusive supervivencia)
Maternidad/Fami Lia
EmpLeo (incLuyendo desempLeo y fomento deL empLeo)
Vivienda
Diversos
a. Estructura
EL gràfico siguiente senaLa La importancia reLativa de estas
funciones en eL totaL de Las prestaciones en concepto de protección sociaL:
(1) Véase Apéndice D para La definición de funciones.
Gràfico 3 .1 . Prestaciones de protección social segùn su función principal:
estructura porcentual
1987
CEE B DK D F GR IRL I L NL UK
Sanidad
Supervivencià
Matemi-
dad/Fami-lia.
Efrpleo
Diversos
Unel.,
vivienda)
Sanidad
Suprvi venda
pate^oidad 9,9
Enpleo \ 9 a\
-VA . >....
Diversos 4 0
(incl.vivienda)
Puede observarse que Las funciones "Sanidad" y "Vejez" son Las dos
funciones mas importantes de Las prestaciones de protección sociaL,
correspondiéndoLes entre poco mas de dos tercios o aLgo mas de cuatro quintos
deL totaL segun eL pais.
Si se comparar) Las proyecciones para 1987 con Las cifras de 1982,
se registra, para La CEE, un aumento en La proporción de "Vejez” y "EmpLeo", y
una disminución en La de "Maternidad/FamiLia". A niveL nacionaL, ciertos
paises acusan, entre Los dos anos mencionados, mayores cambios en La
proporción de Las funciones: en "Sanidad" HoLanda, IrLanda e ItaLia; en
"Vejez", Dinamarca, Grecia e ItaLia; en "Maternidad/FamiLia", BéLgica, con una
disminución de La proporción y HoLanda con un aumento; y en "EmpLeo" figuran
BéLgica, HoLanda e IrLanda con un aumento y Dinamarca con una disminución.
b. Tendencias
Quiza eL gràfico siguiente ofrezca una expLicación mas cLara de
Las tendencias proyectadas pues intenta presentar tasas de cambio sin sus
distintas tasas de infLación, empLeando precios constantes caLcuLados con
referencia aL indice de precios aL consumo. Debe senaLarse que determinadas
funciones con una proporción reLativamente pequena pueden verse infLuidas
mucho mas por cambios poLiticos o modificaciones LegisLativas que programas
que entranan un compromiso mucho mayor en materia de personaL capacitado y
otros recursos.
La ventaja de està presentación reside en que no sóLo permite
comparaciones entre paises, sino que indica para un mismo pais Las diferencias
de tasas de cambios entre Las principaLes funciones.
Se ha proyectado un aumento en "Sanidad", otro un poco mayor en
"Vejez", y Los mayores en "EmpLeo", con excepción de Dinamarca. En
determinados paises se proyectan descensos en "Maternidad/FamiLia", pero
HoLanda, IrLanda, ItaLia y eL Reino Unido constituyen excepciones.
Gràfico 3.2. Principales funciones de las prestaciones de protección social:
promedio de las modi ficac iones porcentuales anuales (ajustado
con arreglo a la inflaciòn).
CEE B 0K . & F GR IRL Γ
Sanidad 1,0 2,4
L NL UK
□ □
2,0
Supervi venda O A 1,5
C Î 3 3,2 2 ,3 3 ,6 ä Q 1,8
M atem idad/ -0 ,9
fa m ilia
-5 ,0 -0 ,3 -3 ,1 -0 ,3 * 2,7 1,1 -1 ,7 3,5 0,8
Γ 7
Empieo
3,0 -4 ,1 -1 ,2 2,5 7,8 2,5 I0 ,7 3 ,5 1 ,9
Tl
3.4. Sanidad
a. Riesgos cubiertos
Esta funciôn, que es la mâs importante, se subdivide en très
categorias de prestaciôn:
enfermedad
invalidez/incapacidad
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
(Véase Apéndice D para definiciones mâs detalladas)
Del grafico 3.1 del capitulo 3.3 se desprende un descenso marginal
del 35.6% (en 1982) al 35.5% (en 1987) del total en la parte correspondiente a
la prestaciôn de enfermedad. Quizâs sea relativamente difïcil ejercer un
control mâs riguroso sobre Los gastos en concepto de invalidez o incapacidad y
es probable que Los cambios en la funciôn enfermedad, que es mayor, sólo se
produzcan lentamente, si no se tiene en cuenta la apariciôn de epidemias.
Cuadro 3.4. Prestaciones sanitarias: funciones componentes en % (1987)
CEE
Enfermedad 9^_$
Jnvalidçz/
incapacidad 24.3
Accidentes de
trabajo y en
fermedades pro 6.2
fesionales
100
B DK D F GR
t 7. y. % ~7.
65.0 65.3 67.0 75.3 63.3
28.1 32.6 25.0 16.3 26.3
«
6.9 2.1 8.0 8.4 10.2
100 100 100 100 100
I RL 1 L NL UK
~ v y. j . T %
78.3 48.1 56.9 55.6 66.1
20.0 44.4 33.9 44.4 31.1
1 .7 7.5 9.2 _ _ 2.8
100 100 100 100 100
Este cuadro senala que en Holanda e Italia la proporciôn de las
prestaciones de salud clasificada corno invalidez es mâs elevada. En Francia,
Grecia, Luxemburgo y la Republica Federai de Alemania se gasta relativamente
mâs que en otros pai ses en concepto de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales.
b. Dinero y especie
Cuando se examinan las prestaciones de enfermedad es importante
distinguir entre las prestaciones en dinero y las prestaciones en especie, es
decir la asistencia sanitaria. Casi dos tercios de las prestaciones de salud
son en especie, y el predominio de las prestaciones en especie en la funciôn
enfermedad contrasta con la situaciôn opuesta que se da en las funciones
invalidez/incapacidad y accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
donde mâs o menos très cuartos de los gastos corresponden a prestaciones en
especie.
Cuadro 3.5 Prestaciones de saLud en dinero y en especie: estructura porcentual
en La CEE, 1987
Dinero Especie Total
Enfermedad 18.8 81.2 100
Invalidez/incapacidad 74.5 25.5 100
Accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales 74.0 26.0 100
Total, sanidad 35.5 64.5 100
c. Cantidades por persona
La comparaciôn de Las cantidades por persona que corresponden a
las distintas funciones puede ofrecer una indicaciôn de Los niveles relativos
de cobertura que proporcionan Los planes de seguridad social y de salud. Si se
buscan comparaciones mas exactas, es importante confrontar aspectos taies como
condiciones de elegibilidad, duraciôn de las prestaciones, etc., datos que
para Los planes "generales" de seguridad social figuran en la publicaciôn de
la Comisiôn titulada "Cuadros Comparativos de los planes de Seguridad Social
en los Estados miembros de las Comunidades Europeas (1). Las comparaciones
estén hechas en precios reales para el ano considerado.
d. Enfermedad
En cuanto a las prestaciones de enfermedad en dinero, el importe
total adaptado segûn las diferencias de poder de compra se comparé con la
poblaciôn de edad comprendida entre 20 y 59 anos, como un indicador de las
cantidades recibidas por persona. Se estableciô una comparaciôn similar con
respecto a las prestaciones de enfermedad en especie, confrontândolas con el
total de la poblaciôn. En los distintos paises se registran grandes
diferencias respecto a estos indicadores: por ejemplo, parece que Francia
desembolsa uno de los importes mâs bajos en concepto de prestaciones en
dinero, pero segûn las proyecciones en 1987 pagarâ el importe mâs elevado en
concepto de prestaciones en especie. Holanda y la Republica Fédéral de
Alemania desembolsan, por término medio, prestaciones de enfermedad en dinero
mucho mâs elevadas que los demâs paises.
(1) Se publica cada dos anos. La ültima ediciôn se refiere a la situaciôn del
1 de julio de 1984.
Cuadro 3.6. Prestaciones de enfermedad por persona (CEE = 100%)
En di nero CEE B DK D F GR IRL _I J_(2) NL UK
1987(1) 100 103 100 155 63 s/d 104 60 - 166 91
En especie
100 87 102 118 143 s/d 56 82 - 90 65
e. Invalidez/Incapacidad
La cantidad de las prestaciones se ajustó con arreglo a Las
diferencias del poder de compra y se comparo con la población de edad
comprendida entre 20 y 59 anos, con excepción de Italia, donde tales
prestaciones siguen pagàndose después de la edad de jubilación. Al igual que
para las prestaciones de enfermedad, se registran grandes diferencias entre
distintos paises y se observa que Holanda y Luxemburgo junto con Italia,
aunque en menor grado, pajjan elevadas prestaciones en dinero.
Cuadro 3.7. Prestaciones de Invalidez/Incapacidad por persona (CEE = 100%)
En di nero CEE B DK D F GR IRL U2) NL UK
1987 100 82 108 79 59 s/d 25 194 - 193 57
En especie
1987 100 121 107 94 91 s/d 93 71 - 100 138
3.5 Vejez y supervivencia
a. Riesgos cubiertos
Se combinaron las distintas funciones "vejez" y "supervivencia",
puesto que en ciertos paises los supervivientes no sólo incluyen viudas
"jóvenes" sino también supervivientes de la guerra, muchos de los cuales ya
pasaron la edad normal de jubilación. Las diferencias pueden observarse en el
cuadro siguiente, siendo las cantidades que corresponden a supervivientes
especialmente elevadas en Bèlgica, Luxemburgo y la Republica Federai de
Alemania y, por el contrario, bajas en Dinamarca y en el Reino Unido.
(1) Ajustado con arreglo al poder adquisitivo basado en Las estadisticas
disponibles (1984) mas recientes.
(2) En vista del gran nùmero de trabajadores "fronterizos" que tienen derecho
a recibir prestaciones de Luxemburgo pero que viven fuera de dicho pais,
no se proporciona indicador aqui.
IH
Cuadro 3.8. Componentes de "vejez" y "supervivencia” - 1987 (en %)
CEE B DK D F GR IRL I L NL UK
~r y. ~r. y 7. - r -j. -y.
Vejez 80.2 69.4 99.7 67.1 83.1 93.5 77.2 77.4 62.3 88.8 95.9
Supervi
vencia 19.8 30.6 0.3 32.9 16.9 6.5 22.8 22.6 37.7 11.2 4.1
TOTAL 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100
b. Dinero y especie
Solamente en Dinamarca las prestaciones en dinero sobrepasan el
10% del total; en 1982 un 27% y en 1987 se prevé un 28.5%. (Principalmente
labor de asistencia social en alojamientos especiales).
c. Cantidades por persona
Al comparar las cantidades por persona, deben tenerse présentes
Las advertencias formuladas en la sección anterior sobre prestaciones de
salud.
Las cantidades que se consideran aquî son la suma de los subsidios
de vejez y de las prestaciones de supervivencia, comparada con Los habitantes
que tienen la edad juridica de jubilación (1).
El cuadro siguiente senala diferencias importantes entre los
paises, aunque mucho menores que las diferencias observadas para las
prestaciones en dinero de enfermedad e invalidez. Los subsidios de vejez en
Dinamarca, Francia, Grecia y Holanda parecen mâs elevados que en otros paises,
figurando Bèlgica, Irlanda, Italia y el Reino Unido con cifras
considerablemente menores (si bien las cifras correspondientes a Irlanda no
incluyen las pensiones profesionales).
Se ha previsto un informe posterior en el que se analizaran las
cantidades netas de las pensiones de vejez recibidas por tipos de fami lia
"modelo" comparados con las cantidades netas de salarios anteriores.
Cuadro 3.9. Prestaciones de vejez y supervivencia, por persona (CEE = 100%)
CEE B DK _D _F GR IRL 1^ L(2) NL UK
1987(3) 100 85 124 103 125 123 81 88 - 126 86
3.6. Maternidad/Familia
a. Riesgos cubiertos
Las prestaciones de maternidad comprenden tanto prestaciones en
dinero corno prestaciones en especie, aunque podria sostenerse que es mâs
apropiado clasificar a estas ûltimas corno prestaciones de enfermedad (corno en
el caso de Italia). En la mayoria de los paises las prestaciones familiares
corresponden a prestaciones en concepto de hijos, con excepción de Italia
donde también se efectuan pagos a un cónyuge, a Los padres que son
dependientes y a Los abuelos.
(1) Tal corno figura en Los "Cuadros comparativos de Planes de Seguro Social en
Los Estados miembros de las Comunidades Europeas2, 13a edición. Véase
apéndice E.
(2) Véase la nota 2 correspondiente al cuadro 3.6
(3) Véase la nota 1 correspondiente al cuadro 3.6
En el cuadro siguiente se comparan las proporciones respectivas de las
prestaciones de maternidad y las prestaciones familiäres, proyectadas para
1987.
Cuadro 3.10. Prestaciones familiäres y de maternidad: porcentajes para 1987
CEE B DK D F GR IRL I L NL UK
~ Y ~ % % % % % ~ % % % %
Maternidad 12.7 4.9 16.2 15.3 15.6 15.6 18.7 9.5 20.0 3.7 12.0
Familia 87.3 95.1 83.8 84.7 84.4 84.4 81.3 90.5 80.0 96.3 88.0
TOTAL 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100
Las diferencias entre los paises pueden atribuirse a diferentes
tasas de natalidad, a distintos niveles de prestaciones de maternidad en
dinero, o a diferentes niveles de prestaciones en concepto de hijos. Esta
cuestión se analizarå mås adelante.
b. En dinero y en especie
Para las prestaciones de maternidad pueden observarse tres
configuraciones: en un grupo de paises predominan las prestaciones en dinero
(DK, D, F, I, L), en otro grupo predominan las prestaciones en especie (B,
IRL, RU) mientras que en Holanda las proporciones son casi iguales.
Cuadro 3.11. Prestaciones de maternidad en dinero y en especie :% para 1987
CEE B DK D F GR IRL I L NL UK
~YT Y ~Y Y Y ~Y ~Y~ Y Y ~Y ~Y
En dinero 53.0 35.9 84.4 63.6 57.8 s/d 19.3 100 75.6 50 25.8
En especie 47.0 64.1 15.6 36.4 42.2 s/d 80.7 0 24.4 50 74.2
TOTAL 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100
Con excepciôn de Dinamarca e Italia las prestaciones familiäres
son en su mayor parte prestaciones en especie.
Cuadro 3.12. Prestaciones familiäres en dinero y en especiel: % para 1987
CEE B DK D F GR IRL I L NL UK
~Y~ Y Y Y ~Y ~T Y I T T
En dinero 82.7 94.1 22.3 87.8 83.8 s/d 97.3 61.3 85.7 95.5 76.4
En especie 17.3 5.9 77.7 12.2 16.2 s/d 2.7 38.7 14.3 4.5 23.6
TOTAL 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100
c. Cantidades por persona
Las comparaciones siguientes se basan en el numero de hijos cuya
edad no sobrepasa 19 anos.
Cuadro 3.13 Familia (CEE = 100%)
CEE B DK D> l GR IRL I LCD NL UK
Pinero + especie
1987 100 111 135 93 125 16 55 82 - 129 106
La cifra suinamente baja para Grecia deberia compararse con las de
Dinamarca, Francia y Holanda. La inclusion de prestaciones fiscales en està
comparación acrecentaria las cifras para ciertos paises: por ejemplo, la cifra
para Francia aumentarla aproximadamente en un cuarto, quedando muy por encima
del promedio para la CEE.
3.7 Empieo
a. Riesgos cubiertos
Està función està casi enteramente constituida por prestaciones en
dinero pagadas a los desempleados (incluso prestaciones de ayuda social).
Irlanda y la Republica Federai de Alemania que gastan mas o menos un quinto de
las prestaciones de empieo en orientación profesional y promoción del empieo,
y, en menor grado, Bèlgica y el Reino Unido que gastan un poco menos de un
quinto del total constituyen excepciones. Algunos paises no suministraron
datos relativos a la promoción del empieo.
Cuadro 3.14 Prestaciones de empieo: componentes (1987)
CEE B DK ù F_ GR IRL 1 L NL UK
Promoción
del empieo 10.0 16.3 5.0(2) 20.9 4.2 - 20.8 3.1 4.0 - 17.4
Desempleo 90.0 83.7 95.0 79.1 95.8 100 79.2 96.9 96.0 100 82.6
TOTAL 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100
b. Dinero y especie
Casi todas las prestaciones que figuran bajo estos titulos
corresponden a prestaciones en dinero.
(1) Véase la nota 2 correspondiente al cuadro 3.6
(2) Si se emplean las clasificaciones nacionales danesas, puede considerarse
que alrededor del 20% del total de los subsidios de empieo se destinan al
fomento del empieo.
I T
c- Cantidades por persona
En vista de Las diferencias existentes de pais a pais y en La
determinación de Los desempleados inseritosi se corre eL riesgo de que eL
anàLisis de Las cantidades por persona proporcione comparaciones bastante
enganosas. Por Lo tanto y debido también a que Los trabajos de La Oficina
Estadistica que intentan componer eL nùmero de benficiarios de prestaciones
con Los parados registrados no han concluido, no se intento reaLizar este
anàLisis.
3.8 Prestaciones fiscaLes
A fin de conseguir datos comparabLes para Los distintos paises de
La Comunidad, es importante tener en cuenta Las diferentes maneras de conceder
Las prestaciones de protección sociaL a Los beneficiarios. En Las secciones
anteriores se ha hecho referencia a Las prestaciones de protección sociaL en
dinero y en especie (incLuyendo otras prestaciones en forma de bienes y
servicios, siendo està incLusión indispensabLe si se ha de hacer una
comparación util, en especiaL entre Los paises que tienen un servicio nacionaL
de sanidad y aquéLLos donde Los asegurados tienen que pagar sus gastos antes
de ser reemboLsados). Si se toman en consideración Las prestaciones en dinero,
solamente estàn comprendidas Las prestaciones pagadas directamente, pero una
persona que paga impuestos puede conseguir un incremento de Los ingresos de
Los cuales puede disponer a través de una prestación tributaria que permite
una disminución de La cantidad de impuestos pagados. Puesto que esto
representa una pérdida de ingresos para eL Estado mas que un desemboLso
adicional, no quedaria incLuido en Los datos referentes a gastos e ingresos.
Por consiguiente se hizo necesario crear un encabezamiento adicional a fin de
incluir estos medios de incrementar Los ingresos disponibles de determinadas
personas o fami Lias por razones de politica sociaL.
Sin embargo, es dificil Lograr una idea precisa de Las cantidades
impLicadas y se discute mucho tanto acerca de Los supuestos correctos que
deben emplearse para calcular prestaciones fiscaLes individuales, corno sobre
La posibilidad de agregar estas cantidades para ofrecer un panorama completo.
Determinados paises han proporcionado estimaciones (incluso totales) para
muchos anos mientras que otros no estàn preparados actualmente para dar una
sola indicación. Sin duda seria utiL una investigación màs detenida Lo que se
continua realizando en La Oficina de Estadisticas de Las Comunidades Europeas.
Este informe sólo puede proporcionar indicación desigual de Las
cantidades que se pueden prever. Bèlgica, Dinamarca, Grecia, Holanda y
Luxemburgo no han suministrado datos; Irlanda, Italia, eL Reino Unido y La
Republica Federai de Alemanna han proporcionado tanto datos individuales corno
globales. Italia y eL Reino Unido no se consideraron capaces de suministrar
una proyección para 1987 de Los datos estimados para 1982.
Los datos disponibles se presentan a continuación, pero deben ser
considerados fundamentalmente corno una guia aproximada de Las cantidades
probablemente impLicadas. Aun asi, parece que toda comparación entre paises en
cuanto a La función "FamiLia" deberia procurar incluir Las prestaciones
fiscaLes y esto mismo puede aplicarse a La función "Vivienda".
Cuadro 3.15 Prestaciones fiscales expresadas en % de todos Los tipos de
prestaciones de protección social para cada función
Pais 1987 1982
Repûblica Federai de A lemania
Sanidad 0.8 0.8
Enfermedad 0.1 0.1
Invalidez 3.0 3.0
Vejez 1.6 1.6
Familia 8.5 9.5
Fomento del empleo 13.8 21.9
Vivienda 20.5 24.6
Total de prestaciones de protecciôn social 3.0 3.2
Francia
Familia 26.3 23.5
Irlanda
Enfermedad 3.7 0.8
Vejez 5.5 4.2
Familia 18.7 23.9
Desempleo 4.5 0.9
Vivienda 37.7 25.5
Total prestaciones de protecciôn social 8.0 5.4
Italia
Sanidad s.d. 2.0
Enfermedad s.d. 0.4
Invalidez s.d. 1.7
Accidentes de trabajo s.d. 22.1
Maternidad y familia s.d. 35.0
Total prestaciones de protecciôn social s.d. 3.7
Reino Unido
Sanidad s.d. 2.3
Enfermedad s.d. 1.7
Invalidez s.d. 2.9
Accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales s.d. 10.0
Vejez s.d. 7.1
Supervivencia s.d. 2.4
Maternidad s.d. 4.2
Familia s.d. . 15.1
Fomento del empleo s.d. 3.5
Desempleo s.d. 6.5
Vivienda (1) s.d. 82.2
Total prestaciones de protecciôn social s.d. 6.9
(1) Los intereses atenuados sobre préstamos destinados a la adquisición de
propiedades ocupadas por su dueno ascendieron a 2.15 mil millones de £
para el ejercicio economico 1982/3, frente a 2.74 mil millones de £ para
subsidios de vivienda.
3.9. Transacciones de capitales
Al parecer dificultades en materia de cómputos han impedido
también a la mayoria de Los paîses suministrar datos sobre transacciones de
capitales, aunque se les pidiô que no lo hicieran si las sumas representaban
menos del 1% del total de los desembolsos. Al principio se suponia que Los
paîses con un servicio nacional de sanidad contarla con cantidades importantes
en este epìgrafe, reflejando por ejemplo la construcciôn de hospitales y de
otras instalaciones de asistencia social. En la mayoria de los demâs paîses
que practican el reembolso de los gastos o "precios" desembolsados por el
usuario, estos precios cubren todos los gastos originados por la asistencia,
tanto los gastos corrientes corno los gastos en capital. Es posible que la
necesidad actual de restringir los gastos en concepto de asistencia sanitaria
haya reducido considerablemente la cantidad correspondiente a gastos en
capital, pero también es probable que este epîgrafo introducido en una època
relativamente reciente, no haya sido todavîa enteramente definida en la mayor
parte de los paîses.
Al igual que para las prestaciones fiscales, los datos disponibles
se proporcionan a continuaciôn.
Cuadro 3.16 Transacciones de capitales expresadas en % de las
transacciones corrientes
Pais 1987 1982
Repüblica Federal de Alemania - 1.8
Irlanda 1.3 1.5
Italia 1.4 1.2
En el informe anual anterior (en que figuran proyecciones para
1986 y estadisticas para 1981) otros paises han proporcionado estimaciones:
Italia y el Reino Unido.
Las cifras anteriores correspondientes a Irlanda y a Italia
representan las cantidades desembolsadas para el programa de construccion y
desarrollo de hospitales. Para la Repüblica Federal de Alemania las cifras
pueden dividirse del modo siguiente:
DM (en millones)
Gastos relacionados con la sanidad 6 180
Seguridad Social 2 550
de los cuales:
Enfermedad, maternidad 330
Vejez, invalidez, supervivencia 360
Desempleo 370
Fami lia
Otros 1 490
P E N D I f; g
ÇUADROS .'PETAI l annc
II
? I
Curdro A—1 : Ingresos —1082 (lOOO millones moneda nac.)
CEE B OK 0
•
F GR IRL I L NL UK
(ECU) (1000 mil•mill.)
NATURALEZA
1.Contribución social 459.11 704.9 18.04 339.6 787.7 247.2 1.10 88 .5 326.53 95.7 37 .13
l.l empresarios 297.14 483.6 14.20 193.6 549.1 122.9 0 .73 6 9 .6 15.67 47.5 24 .46
1.1.1.efectiva 214.76 1) 375.6 5.33 123.8 448.8 0.48 47 .5 11.76 41 .0 17.54
1.1.2.atribuida 80.46 1) 108.0 8 .87 6 9 .8 100.3 0.25 22.1 3.91 6 .4 6.91
1.2.personas protegi- das
1 .2 .1 empresarios
161.97
123.78 2 )
221.3
168.5
3.84
3 .84
146.0
107.5
238.6
188.0
124.3 0.37 18 .9
13 .3
10.85
9.38
48.2
35 .3
12.67
11.95
1.2.2. trabajadores por
cuenta propia
1.2.3. j u b i Lados u
otros
17.64 2 )
18.12 2)
46.2
6 .6 -
5 .2
33 .3
)
) 50.6
)
5 .6 1.34
0.14
3 .7
9 .2
0 .48
0 .25 :
2. fondos del gobiernc
Tqenera.
208.97
)
428.2 127.55 116.7 201.7 205.6 2.00 34 .8 15.47 29.0 33.34
3. otr*os ingresos 36.82 52.8 8 .33 17.2 33.3 30.2 0.04 3.1 4 .39 18.9 6 .72
4.. ingresos to ta l 704.83 1185.9 153.92 473.6 1022.7 483.0 3.15 126.4 46.39 143.5 77.19
1
SECTORES DE ORIGEN 1
1. empresas 232.22 1) 397.7 4 .8 3 165.2 419.0 0.45 37 .8 12.92 46.1 22 .92 I 1
2. g'obiernolgenerai) 279.13 1) 539.2 143.35 153.5 328.4 2.28 4 9 .7 22.08 47.9
1
41.55 !t
2.1. gobierno centrai
2.2. administración locai
230.06 1)
45.55 1 )
489.0
47 .3
82 .68
51.73
120.9
31 .5
285.8
35.5
2.16
0.12
43 .2
5 .9
19.91
1.86
39 .3
8 .2
? 34.98
6 .46
2.3.fonqlos de la se-
guridad social 3 .47 1) 2 .9 8 .94 1 .2 7.1 0 0 .6 0.31 0.11 |
3. familias 180.60 1) 244.7 3.84 152.4 252.9 0.37 38 .4 11.21 48.8 12.73 i
1
4.otros sectores 5.55 1 ) 4 .3 1 .90 2 .4 22.4 0.05 0 .5 0.17 0 .8 ;
5.ingresos totales 704.83 1185.9 153.92 473.5 1022.7 483.0 3.15 126.4 46.39 143.5 77.19 j
-->
1) Con excepción de Grecia 2) Con excepción de Grecia e Irlanda
CUADRO A-2 : Ingresos -1987 (1000 mill. moneda nacional)
—
CEE
B DK D f ’ GR IR L I L NL UK
• CECU) (1000 mil mill. )
Naturaleza
L.Contribuciones socdales 656.06 943.7 32.01 413.4 1204.5 630.0 1.75 188.1 37.68 110.1 51.24
1 .1 . empresarios 426.45 639.5 23.13 238.4 819.6 300.0 1.12 147.4 21.28 51.6 33.10
1.1.1 efectivas 313.85 1) 497.8 12.43 155.6 675.4 0 .75 105.5 15.82 44 .8 24.23
j 1.1.2 atribuidas 109.72 1) 141.7 10.70 82 .8 144.2 0 37 42.0 5.46 6 .7 8 .87
1 .2.personas Pr°tegi- das. 229.65 304.2 8.87 175.0 384.9 330.0 0 .62 40.7 16.41 58 .6 18.15
1.2.1 empleados 174.25 3) 239.1 8 .87 130.9 305.6 25 .9 14.20 4 2 .0 17.06
1 . 2.2 trabajadores por
cuenta propia 29.00 3) 56.4 - 6 .2 )) 79 .3
14.8 2.01 5.1 0 .7 6
1.2.3 jubi Lados u
otros
22.41 3) 8 .7 38.0 ) 0 .2 0 11.5 0 .33
2 . fondos deLgobierno (generai) 276.51 609.9 155.97 124.1 297.6 660.0 3.19 62.2 22.79 33.4 44.77
3.otros ingresos 50.22 44.9 19.90 18.7 46.2 40 .0 0.04 4.1 4 .23 30.7 9 .18
4.ingresos totales 982.83 1598.5 207.88 556.3 1548.3 1330.0 4 .98 254.5 64 .70 174.3 105.19
Sectores de origen 328.74 1) 519.2 8.61 203.5 626.8 0 .7 0 81 .7 17.65 56 .8 30.88
1. empresas________
2. gobierno(general) 373.52 1) 751.5 185.20 167.5 485.6 3 .60 91.0 30.04 57 .6 56.06
2.1. gobierno centrai
2.2. administración
locai
251.44 2)
55.98 2)
683.0
66.2
97.71
66.70
125.0
41.1
418.2
56.9
3 .42
0 .18
27.86
1.98
46.1
11 .0
47.46
8 .45
2.3.fondos de la se
gundad social- 5.23 2) 2 .3 20.78 1.4 10.5 0 0 .20 0 .5
1
0 .14
3. familias 260.91 1) 324.5 8 .87 182.5 407.4 0 .62 8 1 .0 16.93 58 .8 * 18.26
4.otros sectores 7.11 1) 3 .3 5 .20 2 .7 28.5 0.05 0 .7 0 .08 1.1 -
5.ingresos totales 982.83 1598.5 207.88 556.3 1548.3 1330.0 4 .98 254.5 64 .70 174.3 105.19
___ I
1) Con excepción de Grecia 2) Con excepción de Grecia e Italia 3) Con excepción de Grecia e Irlanda.
Quadro. A—3:_Gastos ,en concepto de protecciót social (1)—1982 (1C
1.TRANSACCIONES CORRIENTES
a··Prestaciones de protección
social
l . S a n i d a d
1.1. Enfermedad
1.2.Invalidez,incapacidad
1.3.Accidentes de trabaio
y.enfermedades prore-
_ sionales2. Vejez
3. S u p e r v i v e n d a
4. Maternidad/Familia
4.1. Maternidad
4.2. Familia
5. Empieo
5.1.Colocaçiôn.orientaçic n pi. of esional, restable-
cìmiento.
d .4 -Desemp Leo
6. Vivienda ·
7 · V a r i o s
B. Gastos administrativos
C. Otros gastos corrientes
I I · TRANSACCIONES DE CAPITALES
CEE
(ECU)
669.1
619.5
235.3
154.6
6 6 .0
15 .0
210.8
53.5
61 .4
7 .6
53 .9
56.1
5.4
50 .6
11.6
10.6
23.9
6 .0
B
1174.0
1113.6
364.5
232.6
100.7
31.3
292.9
135.7
120.4
3 .3
117.1
171.6
20.4
151.2
3 .8
55 .8
4 .6
III.GASTOS DE PROTECCION
__________ SOCIAL
s· .d
141.73
138.08
45.20
33.21
11.09
0 .90
46.92
0.61
14.51
1.64
12.86
23.38
1.05
22.33
1.99
5.48
3.66
467 .6
451.2
178.7
119.8
44 .6
14.3
129.6
62 .5
34 .4
4 .2
30 .2
3 2 .6
5 .5
2 7 .2
3 .9
9 .5
1 2 .7
3 .7
1015.6
9 6 3 .7
321 .3
2 3 7 .6
54 .2
2 9 .5
325.1
66.2
111.6
18 .6
9 3 .0
9 3 .3
3 .7
8 9 .6
2 5 .8
2 0 .4
4 2 .4
9 .5
8 .7
476 .4
(1 ) Con exclusion de Las prestaciones fis c a le s
ouadro A—4 : Gastos en concepto de proteccion social (1) -1987 (1000 rr>ill .moneda nac. )
(1) Con exclusion de Las prestaciones fiscales
A P E N D I C E B
SUPUESTOS ECONOMICOS
CUADRO B —1 : S u p u e s t o s E c o n ó m i c o s 1 9 8 2 - 1 9 8 7
EUR B DK D F GR IRL I L NI. UK
P I B
( M i l m i l l o n e s m on ed a n a -
c i o n a l )
• 1 9 8 2
• 1 9 8 7
2435.0
3413.2
3849.5
5509.7
467
680
1597.9
1895.3
3569.3
5513.9
2517.9
6223.3
12.989
20.798
471390
889041
154
220
368.86
436.5
283.6
398.5
T lp o s d e c a m b io
(ECU)
•1 9 8 2
•1 9 8 5
( 2 8 A g o s t o »·)
44.711
45.090
8.1569
8.1013
2.3760
2.2261
6.4312
6.7974
65.342
105.985
0.6896
0.7150
1323.8
1495.95
44.711
45.090
2.6139
2.5069
0.5605
0.5733
Standars de paridad
: a d q u is itiv a
• 1 9 8 2
* 1 9 8 7
( 1 9 8 4 )
40.011
40.064
8.833
8 .830
2.506
2.367
6.404
6.791
51.077
64.595
0.615
'0 .650
1018.130
1179.674
39.534
40.519
2.746
2.547
0 .567 .__ _
0 .559
Defactor de'precios del
P IB (p r o m e d io a n u a l 1 9 8 2 - y
1 9 8 7 )
5 .5 4 .7 2 .8 8 .0 15 .8 8 .0 11.6 6 .3 2 .5 5.1
T a s a d e desempleo
. 1 9 8 2
• 1 9 8 7 •
13.0
16.3
9 .5
8 .5
6 .8
8 .0
8 .7
12 .2
(1 .4 )
9 .7
12 .2
19.3
9 .7
13.7
1-3
1.7 1
t
11.7
16 .8
10.6
11.5
APENDICE C
"Prestaciones socia les11 y "Prestaciones de protección social"
iSe t ra ta de conceptos diferentes?
En la contabilidad nacional de la Comunidad la expresiôn
"Prestaciones sociales" constituye un renglón de "Cuenta de d is tribuc iôn de la
renta" del sistema europeo de cuentas económicas integradas (ESA), que
reg is tra todas las transacciones re la tiv a s a l proceso productivo y a la
generación de ingresos, la d is trib u c iô n y red istribuc iôn de ingresos y su
reparto entre consumo f in a l y ahorro, asi corno la formaciôn de c a p ita l, los
préstamos y empréstitos en la Comunidad (1)
En las cuentas nacionales los bienes y servicios se reg istran
mediante métodos que d if ie re n ampliamente segûn la clase de unidad economica
que los u t i l i z a . En un pais determ inado, cuando un p a rtic u la r consulta a un
mèdico, compra medicamentos con una receta y a continuación reclama e l
reembolso (2) de sus gastos a la in s titu c iô n de seguridad social responsable,
e l se rv ic io suministrado por e l mèdico y los bienes representados por los
medicamentos se describen corno bienes y servic ios "de mercado", y por tanto se
consideran consumos del enfermo; en consecuencia estén comprendidos en los
to ta le s que corresponden a "Prestaciones sociales" (3) y "Consumo f in a l
fa m ilia r" . Por o tra p a rte , en los paises con un serv ic io nacional de sanidad
que proporcionen a l enfermo consulta mèdica y medicamentos (4) de forma
g ra tu ita se razonan del modo s igu iente: dado que e l mèdico es remunerado y los
medicamentos adquiridos por un departamento e s ta ta l (g e n e ra l), este ultim o se
convierte en e l consumidor de dichos bienes y se rv ic io s , y por tanto su coste
se incluye en e l "consumo püblico" (g en era l); por o tra parte estos
departamentos del sector publico (general) se establecen corno productores de
"Servicios mèdi cos" los cuales se destinarân a l enfermo pero que, puesto que
se tra ta de servic ios que no son "de mercado", no pueden considerarse corno
"Prestaciones soc ia les".
Evidentamente estas d istinc iones de contabilidad carecen de
sentido para e l enfermo: e l tra tam iento se efectüa con los mismos medios, un
mèdico y medicamentos, sin hacer caso de còrno e l mèdico es remunerado o los
medicamentos comprados.
El hecho de que los bienes siempre sean "de mercado" s ig n ific a
que:
(a) las prestaciones sociales que no son en e fec tivo comprenden sólo bienes y
serv ic ios "de mercado";
(1) Para d e fin ic io n es , véase EUROSTAT, "Cuentas Nacionales ESA".
(2) No importa que e l reembolso sea to ta l o p a rc ia l (es d e c ir , si e l asegurado
paga o no parte del coste del tra tam ien to ).
(3) Para estar c las ificad as en "Prestaciones soc ia les", las prestaciones en
especie (bienes y serv ic ios ) siempre deben ser del tip o "de mercado"
(4) En re a lid a d , en todos los paises, aun aquellos que no tienen un serv ic io
nacional de sanidad, existen bienes y servic ios que pertenecen a ambas
categorias. La d is tin c ió n que se hace entre estas categorias sólo se
ju s t i f ic a por las c la s ific a c io n e s , d e fin ic io n es , relaciones entre
sectores, e tc . empleadas por los sistemas de contabilidad econòmica segun
las necesidades del caso.
(b) otras prestaciones en forma de bienes y servic ios suministrados por e l
sistema de protección social, comprenden bienes, servic ios de mercado y
todos Los servic ios que no son "de mercado".
Por otra p a rte , La d e fin ic ió n de "prestaciones de protección
sociaL" està encaminada a medir Lo que La persona o eL b e n e fic ia rio recibe
-por ejempLo, asistencia mèdica o medicamentos- sin tener en cuenta La
descripción econòmica convencionaL de Los procedimientos por Los cuaLes se
conceden dichos bienes o serv ic io s . Abarcan una esfera mas ampLia que La
d efin ic ió n e s tr ic ta de "Prestaciones sociaLes" aL incLuir Otras prestaciones
en forma de bienes y serv ic ios" y por consiguiente se tra d u c ira n e n c ifra s mas
eLevadas que Las que figuran en un rengLón aparentemente simiLar de las
cuentas economicas.
Aunque aparentemente se pueda reprochar a està d e fin ic ió n una
exageración de Las cantidades desemboLsadas en concepto de servic ios sociaLes,
tiene La ventaja de proporcionar c ifra s mas fàciLes de comparar, sobre todo
entre paises que tienen un servi ciò nacionaL de sanidad y Los que no Lo
tienen .
25
APENDICE D
Extracto del "Sistema europeo de es tad is ticas integradas de protección social"
Metodologia - Parte I , publicada en 1981 por ElIROSTAT
B. LAS FUNCIONES DE PROTECCIÓN SOCIAL - SU CONTENIDO
Función «Enfermedad»
511. La enfermedad debe entenderse en su sentido estricto de alteración màs o menos profunda
de la salud que afecta, en generai, a la integridad fisica o mental de los individuos.
512. Han de clasificarse en esta función:
a) los subsidios destinados a compensar en todo o en parte la pérdida de renta derivada de la
suspensión de una actividad profesional;
b) los importes correspondientes al coste total o parcial de la asistencia mèdica,' de caràcter
preventivo o curativo, prestada a todas la personas protegidas; en materia de prevención,
se trata, sobre todo, de reconocimientos médicos preventivos, campafias de vacunación,
educación sanitaria, medidas profilécticas, etc.;
c) los gastos de los servicios de sanidad püblica, en la medida en que guardan relación con los
subsidios o con la asistencia mèdica;
d) otras formas de asistencia social ligadas a la enfermedad.
513. Han de excluirse:
a) la asistencia mèdica prestada a un invàlido o a un incapacitado (disminuido, etc.) para ei
tratamiento especifico de su invalidez o incapacidad respectivas, es decir, en relación di
rects con la situación particular en la que estas personas se encuentran;2
b) la asistencia mèdica prestada a un accidentado de trabajo o a un trabajador aquejado de
una enfermedad profesional, en tanto que esta asistencia esté en relación directa con el ac
cidente o enfermedad de que se trate;3
c) la asistencia mèdica prenatal, obstétrica y postnatal;4
1 La asistencia mèdica comprende ios bienes y servicios siguientes:
a) servicios de mèdico, general o especialista, y demés personal sanitario, suministrados en establecimientos o fuera de ellos (ambulatorios y
a domicilio);
ò)estancia en hospital: tratamientos médicos y gastos de estancia;
c) cuidados dentales;
d) medicamentos y prótesis: medicamentos y productos farmacóuticos, productos ópticos y acüsticos (gafas, lentes), productos y prótesis
ortopédicos, productos y prótesis dentales;
e) otros servicios médicos: anóiisis de laboratorio, exémenes radiológicos y electroflsicos, curas termales y de mar, readaptación funcional,
transporte de enfermos, campaftas de información sobre la salud y de prevención, vacunaciones e inmunizacîones, etc.
2 Estas prestaciones se ciasifican en la función «Invalidez-incapacidsd».
3 Estas prestaciones se ciasifican en la función «Accidente de trabajo - enfermedad profesional».
4 Estas prestaciones se ciasifican en la función «Maternidad».
40
514-516
d) la asistencia mèdica prestada a militares cuando pertenecen al contingente que cumple un
periodo de servicio obligatorio.'
e) todos los suplementos eventuales de los subsidios, otorgados en razón de cargas fami-
liares.2
Función «Invalidez-incapacidad»
514. La invalidez-incapacidad (fisica o psiquica) es la falta de aptitud para ejercer una actividad de
un grado presento o para llevar una vida social normal, cuando es probable que esta falta de
aptitud sea permanente o cuando subsista màs allé de un periodo limitado, tal corno se defi
ne, en su caso, en la legislación relativa a la cobertura del riesgo de enfermedad. Puede ser
congènita o resultar de una enfermedad (salvo enfermedad profesional), de un accidente (sal
vo accidente de trabajo) o de un acontecimiento politico.
Observación
Las exclusiones citadas (accidente de trabajo, enfermedad profesional) se aplican solamente
a los casos en que la prestación se concede en condiciones (legales o de otro tipo) que hacen
explicitamente referencia a estos dos riesgos.
515. Han de clasificarse en està función:
a) las pensiones, asignaciones y otras prestaciones en dinero concedidas a los invàlidos e in-
capacitados por razón de su situación;
b) las remuneraciones pagadas a los incapacitados cuando ejercen una actividad profesional
adaptada a su minusvalidez en talleres protegidos;
c) la asistencia mèdica especifica prestada a los invàlidos o a los incapacitados por razón de la
situación particular en la que se encuentran;
d) la readaptación funcional, profesional y social de los invàlidos e incapacitados;
e) las demàs formas de asistencia social en favor de invàlidos e incapacitados.
516. Han de excluirse:
a) la asistencia mèdica3 prestada a los miembros de las familias de invàlidos e incapacitados;4
b) las pensiones, asignaciones, auxilios por defunción y capitales por razón de fallecimiento
pagados a los supervivientes de los invàlidos y de los incapacitados;6
c) todos los suplementos de pensiones, asignaciones, etc., concedidos por razón de cargas
familiares.2
1 El coste de asta asistencia no se considera gasto de protección social.
! Estos suplementos se clasifican en la función «Familia».
3 Véase función «Enfermedad» — nota 1.
‘ Estas prestaciones se clasifican en la función «Enfermedad».
* Estas prestaciones se clasifican en la función «Supervivencia».
41
517-521
Funciôn «Accidente de trabajo, enfermedad profesional»
517. Un accidente de trabajo es un accidente sobrevenido por el hecho o con ocasiôn del trabaio o
durante el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo.
este l ^ rc™ dadprofesionales una enfermedad a la cual la legislaciôn nacional le reconoce
518. Han de clasificarse en esta funciôn:
Ô>dmisenSi0neS' asignaciones' subsidios V otras prestaciones en dinero concedidas a las vlc-
b) \ l a®1if a^ an médi+ca' especffica prestada a las victimas por razôn de la situaciôn especial en
I n d i a en.Cuf ntran; se c°nsideran aqul particularmente el suministro, la reparaciôn y la
accidente" ° * apar8tOS de prÔtesis ° de ortoPedia necesarios como consecuencia del
c) la readaptaciôn funcional, profesional y social de las victimas;
^ de aCC'dan!eS (limitada a los 9astos realizados por las instituciones de segu-
ros, previsiôn o seguridad sociales); a
e) las demâs formas de asistencia social a las victimas.
519. Han de excluirse:
a) la asistencia médica1 prestada a los miembros de la familia de las victimas;2
b) las pensiones, asignaciones, auxilios por defunciôn y capitales por razôn de fallecimiento
pagados a los supervivientes de las victimas;3
dtodos los suplementos de las pensiones, asignaciones, etc., concedidos por razôn de car-
Qss tamiiiares.
Funciôn «Vejez»
520. La vejez corresponde al hecho de haberse alcanzado una cierta edad mfnima a partir de la
cual, en la mayor parte de los casos, puede césar la actividad profesional principal.
521. Han de clasificarse en esta funciôn:
a) las pensiones, asignaciones, subsidios y otras prestaciones en dinero concedidas para el
caso de supervivencia més allé de una edad prescrite;
b) los gastos de estancia en asilos de ancianos y residencias para jubilados;
1 Véase funciôn «Enfermedad» — nota 1.
! Estas prestaciones se clasifican en la funciôn «Enfermedad»
Estas prestaciones se clasifican en la funciôn «Supervivencia».
Estos suplementos se clasifican en la funciôn «Familia».
522-527
c) los pagos llamados de pensión previa o jubilación anticipada efectuados en el marco de dis-
posiciones legisiativas o reglamentarias, cuando los criterios de adjudicación de la presta-
ción permiten pensar que el objetivo que se pretende es la jubilación completa y.definitiva
por motivos de edad, es decir, que la medida aplicada pueda interpretarse corno una ten-
dencia generai hacia un adelanto del limite de edad para el trabajo;'
dl las demäs formas de asistencia social a personas entradas en afios: asistencia a domicilio,
prestaciones en especie, etc.
522. Han de excluirse:
a) la asistencia mèdica2 prestada a personas entradas en anos;3
b) todos los suplementos de rentas, pensiones, etc. concedidos por razón de cargas familiä
res.4
Función «Supervivencia»
523. Una prestación de supervivencia es una prestación concedida en virtud de un derecho deriva
do, es decir, adquirido originariamente por otra persona, cuyo fallecimiento condiciona la atri-
bución de la prestación. A consecuencia de las modalidades de ciertos seguros, este derecho
puede, sin embargo, ser directo, es decir, sin que exista vinculo entre la prestación recibida y
aquélla a la que hubiera podido aspirar el miembro de la familia fallecido.
524. Los supervivientes beneficiarios de las prestaciones pueden ser el cónyuge o el ex-cónyuge
del fallecido, sus hijos o nietos, sus ascendientes o sus colaterales. En casos excepcionales
(por ejemplo: auxilios por defunción) puede tratarse de una persona ajena a la familia.
525. Han de incluirse en està función:
a) las pensiones, rentas, subsidios y otras prestaciones en dinero pagadas a los supervivien
tes en su calidad de parientes de la persona fallecida;
b) las pensiones de reversión;
c) los auxilios llamados de defunción, funerarios, etc.
526. Han de excluirse:
a) la asistencia mèdica2 prestada a los supervivientes;3
bltodos los suplementos eventuales de pensiones, rentas, etc., concedidos por razón de car-
gas familiäres.4
Función «Maternidad»
527. La función maternidad comprende todas las prestaciones que tienen por objeto los gastos que
resultan de la concepción y del nacimiento de los hijos (hayan nacido vivos o no), asi corno
las de la misma naturaleza que se conceden en caso de aborto o con ocasión de adopción.
1 Estos comentarios se destinan a proporcionar un criterio de clasificación entre las funciones «Vejez» y «Desempleo».
3 Véase función «Enfermedad» — nota 1.
3 Estas prestaciones se clasifican en la función «Enfermedad».
4 Estos suplementos se clasifican en la función «Familia».
43
I
528-532
528. Han de clasificarse en està función:
a) los subsidios (o, eventualmente, el salario, si se sigue cobrando), destinados a compensar,
en todo o en parte, la pérdida de renta que resulta de la suspensión de la actividad profesio-
nal por causa de embarazo y parto;
b ) los subsidios especiales concedidos durante el embarazo o después del nacimiento, si
estén ligados a este acontecimiento (por ejemplo, en caso de reconocimientos médicos ore
o postnatales);
di las asignaciones a tanto alzado pagadas con ocasión del nacimiento;
di la asistencia mèdica1 dispensada:
1) a la futura madre durante el embarazo,
2) con ocasión del parto,
3) a la madre y al hijo después del parto y hasta su salida de la clinica, cuando la asistencia
se ha prestado en el establecimiento, o un periodo equivalente (del orden de una semana
en la mayoria de los casosi, cuando el parto ha sido en casa;
e) las demàs formas de asistencia social dispensadas a la futuras madres o a las parturientas.
529. Ha de excluirse la asistencia mèdica dispensada més allé del limite sefìalado anteriormente.2
Función «Familia»
530. La función familia comprende todas las prestaciones que tienen por objeto las cargas que re-
sultan de la crianza de los hijos y, eventualmente, si la legislación lo prevé, del mantenimiento
de otros miembros de la familia (cónyuge, ascendiente, etc.).
531. Han de clasificarse en està función:
a) las asignaciones familiares;
b) las asignaciones, subsidios y otras prestaciones en dinero concedidas por tener a cargo hi
jos o, si la legislación lo prevé, otros miembros de la familia;
c) los suplementos por hijos cuando estas prestaciones tienen su fundamento legai en la co-
bertura de otro riesgo (enfermedad, invalidez, etc.);
di la provisión de alimentos, vestidos, estancias de vacaciones y asistencia, en particular do
mèstica (salvo si estàn directamente unidas a la función de ensefianza);
e) los gastos realizados en el àrea de la planificación familiar;
D las demàs formas de asistencia social en favor de los hijos y de la familia.
Función «Promoción del empieo»
532. Està función comprende las prestaciones concedidas a las personas protegidas con la in-
tención de prepararlas para un empieo o de facilitarles el acceso a un puesto de trabajo.
' Véase función «Enfermedad» — nota 1.
J Estas prestaciones se clasifican en la función «Enfermedad».
44
533-535 bis
533. Han de incluirse en està función:
a) los subsidios de formación profesional;
b) los subsidios para fomento de la movilidad de los trabajadores;
c) las prestaciones de garantia del nivel salariai;
d) las prestaciones de empieo comunitario;
e) los gastos de administración de las oficinas de empieo (o de colocación), de los servicios
de orientación profesional, etc.;
f) el reembolso de los gastos de mudanza o de instalación con ocasión de desplazamientos
geogràficos de mano de obra;
g) las demàs prestaciones en dinero o en especie destinadas a promover el empieo.
533 bis. Han de excluirse:
a) los gastos de administración de los organismos de tutela de las oficinas de empieo (o de
colocación);
b) los pagos directos de los empleadores que no den lugar a una subvención publica de com-
pensación (estas sumas han de considerarse, simplemente, salarios);
c) los costes directos de la formación profesional (sueldos del personal docente, suministro
de material didàctico, etc.);
d) las subvenciones que las administraciones publicas pagan a las empresas para inducirlas a
conservar a sus asalariados y las reducciones de cargas sociales que les son concedidas
por el mismo motivo.
Función «Desempleo»
534. Està función comprende todas las prestaciones destinadas a garantizar la subsistencia de las
personas protegidas en caso de pérdida total o parcial de la renta del trabajo por causa de
desempleo.
535. Han de incluirse en està función:
a) las asignaciones por desempleo, bàsicas o supletorias;
b) los subsidios de desempleo parcial por causas funcionales, técnicas o económicas;
c) los subsidios de desempleo parcial por razones climàticas;
d) las indemnizaciones por despido;
e) los demàs gastos en favor de personas sin empieo.
535 bis. Han de excluirse:
a) la asistencia mèdica a los parados y a los miembros de sus familias;’
1 Estas prestaciones se clasifican en la función «Enfermedad».
45
536-538
b) las indemnizaciones por mudanza y el reembolso de ios gastos de instalación en favor de
parados que han aceptado trabajar en otra región y mudarse a ella;1
c) las prestaciones diversas concedidas, en ciertas condiciones, a parados entrados en afios.2
Función «Vivienda»
536. En està función se incluyen Ios pagos efectuados por las administraciones publicas en favor
de ciertas categorfas de hogares (especialmente de recursos modestos) con el fin de disminuir
el coste de utilización de su vivienda. Han de tomarse en consideración:
a) las asignaciones en dinero pagadas directamente a Ios hogares (inquilinos o propietarios);
b) las subvenciones concedidas a propietarios privados o a organismos publicos propietarios
de viviendas, en la medida en que tienen explicitamente por finalidad compensar una dismi-
nución de Ios ingresos debida a la aplicación de alquileres reducidos en favor de Ios ho
gares.
537. Han de excluirse, aun si son organizadas por las administraciones publicas, todas las medidas
generalizadas tendentes màs bien a favorecer la construcción, tales corno primas a la cons
trucción, primas de ahorro-vivienda, subvenciones destinadas a compensar las reducciones
de Ios tipos de interés sobre Ios préstamos a la construcción, etc.
Función «Diversas»
538. Han de incluirse en està función:
a) Ios importes de las prestaciones que, por destinarse simultàneamente a funciones diversas,
no pueden afectarse separadamente a ninguna de ellas, ni siquiera por estimación;
b) Ios importes de prestaciones que afectan a àreas distintas de las cubiertas por las demàs
funciones, pero cuyo objetivo se aproxima, sin embargo, al de la protección social en senti-
do amplio:
1) las ayudas en favor de indigentes, siempre que la causa de la falta de recursos no pueda
relacionarse con otra función (vejez, familia, etc.);
2) Ios gastos efectuados en el marco de medidas de asistencia social de lucha contra la po-
breza;
3 ) Ios gastos en favor de la infancia y de la juventud delincuentes (reinserción, etc.), con
excepción de las medidas de ensehanza;
4) Ios subsidios y otras prestaciones en dinero o en especie no clasificados en otra parte, en
favor de las vfctimas de acontecimientos pollticos o de calamidades naturales;
5) la asistencia judicial y la ayuda a las vfctimas de violencias criminales;
6) las demàs formas de asistencia social en favor de personas desprovistas de recursos, de
personas sin hogar y de disminuidos sociales (abuso de drogas, etc.).
N.B.: Està lista es limitativa.
' Estas prestaciones se clasifican en la función «Promoción del empieo».
2 Estas prestaciones se clasifican en la función «Vejez».
46
539
C. LAS AGRUPACIONES DE FUNCIONES
539. Para ciertas necesidades puede no ser ùtil detallar las prestaciones tal corno se hace en la di-
visión de dos cifras del cuadro D. Por consiguiente, se ha previsto una subdivisión menos de
fa lc a * representada por las rubricas de una sola cifra, que sólo recoge las grandes éreas si-
guientes: salud, vejez, supervivencia, maternidad-familia, empieo, vivienda, diversas.
47
APENDICE E
EDADES DE JUBILACION u tiliz a d a s en e l calculo de las prestaciones por persona
(Cuadro 3 .9 )
Hombres Mujeres
Belgica 65 60
Dinamarca (edad legai = 67) 65 65
Republica Federai de Alemania 65 65
Francia 60 60
Grecia 65 60
Irlanda 65 65
Italia 60 55
Luxemburgo 65 65
Holanda 65 65
Reino Unido 65 60
Full & Egal Universal Law Academy