N° L 355/ 16 Diario Oficial de las Comunidades Europeas 16. 12. 86
REGLAMENTO (CEE) N° 3815/86 DE LA COMISIÓN
de 15 de diciembre de 1986
relativo al suministro de varios lotes de leche desnatada en polvo en concepto de
ayuda alimentaria
mayo de 1983, por el que se establecen las modalidades
de movilización y de suministro de leche desnatada en
polvo, de mantequilla y de butteroil en concepto de ayuda
alimentaria í5), modificado en último lugar por el Regla
mento (CEE) n° 3826/85 (*) ; que es necesario precisar en
particular, los plazos y condiciones de suministro así
como el procedimiento que debe seguirse para determinar
los gastos resultantes ;
Considerando que las medidas previstas en el presente
Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión
de la leche y de los productos lácteos,
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica
Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 3331 /82 del Consejo, de 3
de diciembre de 1982, referente a la política y la gestión
de la ayuda alimentaria y por el que se modifica el Regla
mento (CEE) n° 2750/75 ('), y, en particular, el párrafo 1
del apartado 1 de su artículo 3,
Visto el Reglamento (CEE) n° 232/86 del Consejo, de 27
de enero de 1986, por el que se fijan las normas de aplica
ción para 1986 del Reglamento (CEE) n° 3331 /82 refe
rente a la política y a la gestión de la ayuda alimentaria (2),
Visto el Reglamento (CEE) n° 804/68 del Consejo, de 27
de junio de 1968 , por el que se establece la organización
común de mercados en el sector de la leche y de los
productos lácteos (3), modificado en último lugar por el
Reglamento (CEE) n° 1335/86 (4), y, en particular, el apar
tado 5 de su artículo 7,
Considerando que, como consecuencia de varias deci
siones, relativas a la concesión de ayuda alimentaria, la
Comisión ha otorgado a determinados países y orga
nismos beneficiarios 307 toneladas de leche desnatada en
polvo para suministrar fob, cif o franco destino ;
Considerando que, por consiguiente, procede dar curso a
dichos suministros de acuerdo con las normas previstas en
el Reglamento (CEE) n° 1354/83 de la Comisión, de 17 de
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Artículo 1
Los organismos de intervención dispondrán que se
proceda, de acuerdo con las disposiciones del Reglamento
(CEE) n° 1354/86, al suministro de leche desnatada en
polvo en concepto de ayuda alimentaria en las condi
ciones especiales que figuran en el Anexo.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las
Comunidades Europeas.
El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable
en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 15 de diciembre de 1986.
Por la Comisión
Frans ANDRIESSEN
Vicepresidente
(') DO n° L 352 de 14. 12. 1982, p . 1 .
(2) DO n° L 29 de 4. 2. 1986, p . 3 .
(3) DO n° L 148 de 28 . 6 . 1968 , p . 13 .
o DO n° L 119 de 8 . 5 . 1986, p . 19 .
O DO n° L 142 de 1 . 6 . 1983, p . 1 .
O DO n° L 371 de 31 . 12. 1985, p. 1 .
16. 12. 86 Diario Oficial de las Comunidades Europeas N° L 355/17
ANEXO
Anuncio de licitación (')
Designación del lote A B
1 . Programa : 1986
a) base jurídica
b) asignación
Reglamento (CEE) n° 232/86 del Consejo
Decisión de la Comisión de 18 de julio de 1986
2. Beneficiario
3 . País de destino
Comores
4. Fase y lugar de entrega cif Moroni (Grande Comore) cif Mutsamudu (Anjouan)
5 . Representante del beneficiario (4)
5a. Receptor M. Said Ahmed Said Ali, Ministre des Finances et du Budget, Moroni, P.O. Box 324
Tel : 27 67 Moroni
6 . Cantidad total 60 toneladas 40 toneladas
7. Procedencia de la leche desnatada en polvo Mercado de la Comunidad
8 . Organismo de intervención neerlandés
9 . Características especificas Anexo I B del Reglamento (CEE) n° 1354/83
10 . Embalaje 25 kilogramos
11 . Inscripciones complementarias en el emba
laje « DON DE LA COMMUNAUTÉ ÉCONOMIQUE EUROPÉENNE A LA R.F.I.
DES COMORES »
12. Período de embarque antes del 15 de marzo de 1986
13 . Fecha límite para la presentación de ofertas —
14. En caso de segunda licitación en el marco
del apartado 2 del artículo 14 del Regla
mento (CEE) n° 1354/83 :
a) período de embarque
b) fecha límite para la presentación de
ofertas
1 5 . Varios Los gastos de suministro los determina el organismo de intervención neerlandés de
conformidad con el artículo 15 del Reglamento (CEE) n° 1354/83 (3) (*) (')
N° L 355/ 18 Diario Oficial de las Comunidades Europeas 16. 12. 86
Designación del lote C
1 . Programa : 1986
a) base jurídica
b) asignación
Reglamento (CEE) n° 232/86 del Consejo
Decisión de la Comisión de 10 de febrero de 1986
2. Beneficiario PAM
3. País de destino Guinea Conakry
4. Fase y lugar de entrega . fob
5. Representante del beneficiario (2) (3) —
6. Cantidad total 27 toneladas
7. Procedencia de la leche desnatada en polvo Existencias de intervención '
8 . Organismo de intervención en cuyo poder se
encuentran las existencias
alemán
9 . Características específicas almacenado después del 1 de julio de 1986
10. Embalaje 25 kilogramos
11 . Inscripciones complementarias en el emba
laje • GUINÉE CONAKRY 0267400 / ACTION DU PROGRAMME ALIMENTAIRE
MONDIAL / CONAKRY .
12. Período de embarque antes del 31 de enero de 1987
13 . Fecha límite para la presentación de ofertas —
14. En caso de segunda licitación en el marco
del apartado 2 del artículo 14 del Regla
mento (CEE) n° 1354/83 :
a) período de embarque
b) fecha límite para la presentación de
ofertas
1 5 . Varios Los gastos de suministro los fijará el organismo de intervención alemán de confor
midad con el artículo 15 del Reglamento (CEE) n° 1354/83 (4) (*) 0 Q (8)
16. 12. 86 Diario Oficial de las Comunidades Europeas N° L 355/19
Designación del lote D
1 . Programa : 1986
a) base jurídica
b) asignación
Reglamento (CEE) n° 232/86 del Consejo
Decisión de la Comisión de 10 de febrero de 1986
2. Beneficiario PAM
3. País de destino República Centroafricana
4. Fase y lugar de entrega fob
5. Representante del beneficiario (2) (3) —
6. Cantidad total 1 80 toneladas
7. Procedencia de la leche desnatada en polvo Mercado de la Comunidad
8 . Organismo de intervención francés
9. Características específicas Anexo I B del Reglamento (CEE) n° 1354/83
10 . Embalaje 25 kilogramos según el punto 4.2 del Anexo I B del Reglamento (CEE) n° 1354/83
11 . Inscripciones complementarias en el emba
laje « RCA 0265200 / ACTION DU PROGRAMME ALIMENTAIRE MONDIAL /
DOUALA EN TRANSIT Á BANGUI »
12. Período de embarque antes del 30 de abril de 1987
13 . Fecha límite para la presentación de ofertas
14. En caso de segunda licitación en el marco
del apartado 2 del artículo 14 del Regla
mento (CEE) n° 1354/83 :
a) período de embarque
b) fecha límite para la presentación de
ofertas
1 5. Varios Los gastos de suministro los fijará el organismo de intervención francés de confor
midad con el artículo 15 del Reglamento (CEE) n° 1 354/83 (4) (*) (
N° L 355/20 16. 12. 86Diario Oficial de las Comunidades Europeas
Notas :
(') El presente Anexo vale, conjuntamente con el anuncio publicado en el Diario Oficial de las Comuni
dades Europeas n° C 208 , de 4 de agosto de 1983, página 9, como anuncio de licitación.
(2) Véase la lista publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas n° C 229, de 26 de agosto de
1983, página 2.
(3) Tan pronto como el adjudicatario haya sido informado de la adjudicación del mercado, se pondrá en
contacto inmediatamente con el beneficiario o su representante con el fin de precisar los documentos de
expedición que sean necesarios así como todas las condiciones de tiempo, plazos, lugar y demás particu
lares relativos al embarque.
(4) Delegado de la Comisión al que el adjudicatario deberá contactar : véase lista publicada en el Diario
Oficial de las Comunidades Europeas n° C 227, de 7 de septiembre de 1985, página 4.
(*) A petitición del beneficiario, el adjudicatario le expedirá un certificado emitido por una instancia oficial
que certifique que se han cumplido las normas en vigor en el Estado miembro de que se trate relativas a
la radiación nuclear.
i6) Certificado veterinario, expedido por un organismo oficial, en el que conste que el producto, procedente
de animales sanos, ha sido elaborado a partir de leche pasteurizada en excelentes condiciones sanitarias
controladas por un personal técnico calificado, y que la zona de producción de la leche cruda no ha
sufrido fiebre aftosa ni ninguna otra enfermedad infecciosa o contagiosa, que deben notificarse obligato
riamente, durante los noventa días anteriores a la elaboración.
Q En el momento de la entrega, el adjudicatario transmitirá a los representantes de los beneficiarios un
certificado sanitario.
(8) En el momento de la entrega, el adjudicatario transmitirá a los representantes de los beneficiarios un
certificado de origen.
(') El adjudicatario enviará una copia de los documentos de expedición a la dirección siguiente : Delegación
de la Comisión, Antenne des Comores, P.O. Box 559, Moroni, Télex : 212 Delcec KO, Tel. : 73 19 81 o
73 03 93 .
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