6.1.87 Diario Oficial de las Comunidades Europeas N ° C 2 / 1
(Comunicaciones)
CONSEJO
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO
de 9 de diciembre de 1986
referente a un plan de acción comunitaria relativo a la evaluación de las actividades de investiga-
ción y desarrollo de la Comunidad para los años 1987/91
(87/C 2/01)
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Vistos los Tratados constitutivos de las Comunidades
Europeas,
Vista la Resolución del Consejo, de 28 de junio de 1983,
sobre un plan de acción comunitaria relativo a la evalua-
ción de los programas de investigación y desarrollo de la
Comunidad ('),
Vista la Comunicación de la Comisión que contiene un
plan de acción comunitaria relativo a la evaluación de las
actividades de investigación y desarrollo de la Comuni-
dad O ,
Considerando que la evaluación es un componente esen-
cial de la formulación, ejecución y revisión de los pro-
gramas de I & D y permite dirigirlos de un modo eficaz;
Considerando que la evaluación debería constituir un
elemento clave en la aplicación y la gestión del Programa
marco de actividades de la Comunidad en materia de in-
vestigación y desarrollo tecnológico durante los años
1987/91;
Considerando que la Resolución del Consejo, de 28 de
junio de 1983, solicitaba una nueva comunicación de la
Comisión sobre la elaboración de un plan de evaluación
de I & D plenamente operativo;
TOMA NOTA del estudio presentado por la Comisión
sobre las actividades de evaluación de la Comisión du-
rante el período 1983/85.
CONVIENE en la importancia atribuida por la Comisión
al proceso de evaluación y, en particular, en cuanto se
refiere a la valoración de los resultados de los programas
de la Comunidad, su conveniencia para las necesidades
de esta última, la efectividad de la gestión y el uso de
recursos y de futuras decisiones coadyudantes respecto a
la continuación, alteración o conclusión de programas;
TOMA NOTA del Plan de acción quinquenal propuesto
por la Comisión para la evaluación de las actividades de
I & D de la Comunidad y, en particular, de:
— la intención de la Comisión de que la unidad de eva-
luación independiente deberá garantizar que las eva-
luaciones de programas específicos se efectúen con
arreglo a los métodos descritos en el Plan de acción;
— la necesidad de determinar jalones y objetivos verifi-
cables y cuantitativos para cada programa;
— la intención de la Comisión de gastar un porcentaje
de la financiación de programas específicos en la eva-
luación de los mismos, y de que dicho gasto se ges-
tione independientemente de la gestión de las activi-
dades de I & D;
— la intención de la Comisión de presentar al Consejo
una propuesta de programa de investigación sobre la
evaluación; tan pronto como se haya adoptado el
Programa marco 1987/91;
RESUELVE prestar mayor consideración a la cuestión
de la evaluación y examinar con más detalle la comuni-
cación de la Comisión al respecto.
O DO n° C 213 de 9. 8. 1983, p. 1.
(2) Véase esta página.
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