INFORME PARA LA VISTA
presentado en el asunto 426/85 ( *1 )
I. Exposición de hechos
1.
Mediante contrato de 23 de diciembre de 1971, el Sr. Jan Zoubek, periodista de Bruselas, se obligó a realizar por cuenta de la Comisión, Dirección General del Comercio Exterior, contra el pago de una cantidad fija de 100000 BFR, un estudio que debía titularse «Catalogue, analyse et exploitation des positions des pays de l'Est pour une coopération économique en Europe».
2.
A tenor de la cláusula 2 del contrato, el 31 de marzo de 1972 debía hacerse un informe sobre el estado de desarrollo de dicho estudio, y el 30 de junio de 1972 el informe final. En cumplimiento de la cláusula 4, punto 3, la Comisión pagó al Sr. Zoubek la cantidad de 33000 BFR una vez firmado el contrato.
3.
La cláusula 7 estipula que en caso de incumplimiento o de cumplimiento defectuoso imputable al arrendatario del servicio, la Comisión, previo requerimiento mediante carta certificada, al que no siga el cumplimiento en el plazo de 30 días, estará facultada para ejercitar su derecho de resolución del contrato, sin perjuicio de la indemnización de daños y perjuicios que proceda.
4.
En los términos de la cláusula 8, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas es el único órgano jurisdiccional competente para conocer de cualquier litigio relativo al cumplimiento del contrato, que en cuanto al fondo está regulado por la legislación belga.
5.
En una carta de 23 de junio de 1972, la Comisión señaló que el Sr. Zoubek no había entregado el informe preliminar y le rogó que indicara la fecha de presentación del estudio. Por carta certificada de 27 de octubre de 1972, requirió al Sr. Zoubek, compeliéndole a entregar dicho estudio en el plazo de 30 días, y advirtiéndole que en su defecto se vería obligada a resolver el contrato.
6.
Por carta de 21 de diciembre de 1972, la Comisión resolvió el contrato y reclamó al Sr. Zoubek que reembolsara la suma de 33000 BFR. El 27 de julio de 1973 le envió una orden de cobro.
7.
En una carta de 20 de diciembre de 1973, el Sr. Zoubek invocó un acuerdo celebrado entre las partes el mes de noviembre de 1973, en virtud del cual enviaría a la Comisión dos copias recientes del boletín «East-West».
8.
En su respuesta de 21 de diciembre de 1973, la Comisión negó la existencia de acuerdo alguno entre las partes, prometiendo informarle acerca de las «novedades que le atañan».
9.
El 17 de diciembre de 1979, la Dirección General competente de la Comisión informó al Sr. Zoubek que, en defecto de pago, transmitiría el expediente al Servicio Jurídico para que entablara un procedimiento judicial. El 12 de marzo y el 30 de octubre de 1980, el Servicio Jurídico envió al Sr. Zoubek varios requerimientos de pago.
10.
En una carta de 17 de noviembre de 1980, el Abogado del Sr. Zoubek invocó un acuerdo celebrado entre la Comisión y su cliente con el fin de compensar el importe de 33000 BFR con el valor de las publicaciones «East-West» entregadas desde 1974. Como el valor de estas entregas ascendía a 65000 BFR, el Sr. Zoubek reclamaba a la Comisión la difrencia, 32000 BFR.
11.
En su respuesta de 25 de marzo de 1981, la Comisión expuso que las propuestas de compensación hechas por el Sr. Zoubek no habían sido aceptadas por los responsables de la Comisión.
12.
El 23 de junio de 1982 y el 12 de noviembre de 1984, la Comisión dirigió al Sr. Zoubek varios requerimientos de pago últimos.
II. Fase escrita y pretensiones de las partes
1.
Mediante escrito presentado en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 20 de diciembre de 1985, la Comisión, parte demandante, ha interpuesto un recurso contra el Sr. Zoubek en el que solicita al Tribunal que:
—
Declare la demanda admisible y fundada.
—
En consecuencia, después de haber declarado la resolución del contrato de estudio, celebrado entre las partes el 23 de diciembre de 1971, por culpa y en perjuicio exclusivos del Sr. Jan Zoubek, condene a éste al pago de 33000 BFR, aumentados con los intereses legales vigentes en Bélgica desde el 7 de enero de 1972.
—
Condene en costas al Sr. Zoubek.
2.
El Sr. fan Zoubek, parte demandada, solicita al Tribunal que:
—
Declare la demanda admisible, pero no fundada.
—
En consecuencia, desestime la demanda.
Además, ha opuesto contra la Comisión reconvención fundada en un crédito de 65000 BFR que representa el valor de los boletines «East-West» entregados. Solicita al Tribunal que:
—
Declare la reconvención admisible y fundada.
—
En consecuencia, condene a la parte demandante a pagar al reconveniente la suma de 32000 BFR, aumentada con los intereses judiciales a partir de la fecha de depósito del presente escrito de contestación, después de haber declarado que procede la compensación de deudas.
En todo caso, solicita al Tribunal que:
—
Condene en costas a la parte demandante.
3.
El Tribunal, previo informe del Juez Ponente y oído el Abogado General, decidió iniciar la fase oral sin previo recibimiento a prueba.
4.
En aplicación de los apartados 1 y 2 del artículo 95 del Reglamento de Procedimiento, el Tribunal mediante resolución de 4 de junio de 1986 remitió el asunto a la Sala Primera.
III. Motivos y alegaciones de las partes
A. Por lo que respecta a la demanda principal
1.
La Comisión, parte demandante, recuerda que el Tribunal de Justicia es competente para conocer del litigio en virtud de la cláusula compromisoria, con arreglo a los artículos 42 del Tratado CECA, 153 del Tratado CEEA y 181 del Tratado CEE, que figura en la cláusula 8 del contrato.
Como la parte demandada no cumplió sus obligaciones contractuales, la Comisión tiene el pleno derecho de resolver el contrato.
Conforme al artículo 1142 del Código Civil belga, aplicable al contrato, a tenor del cual toda obligación de hacer o de no hacer concluye en la indemnización de daños y perjuicios en caso de incumplimiento por parte del deudor, la Comisión reclama al Sr. Zoubek el reembolso del anticipo de 33000 BFR. Por otra parte, en concepto de indemnización por la indisponibilidad de esta cantidad, reclama el pago de los intereses legales vigentes en Bélgica desde el 7 de enero de 1972, fecha de pago de dicho anticipo.
Con motivo de la constitución de la sociedad «East-West» no se celebrò con la parte demandada ningún acuerdo que tuviese por objeto una transacción. Según la Comisión, el Sr. Zoubek creó una confusión artificiosa entre él mismo y esta sociedad, y entre las prestaciones concretas de investigación documental, a que se refiere el contrato de 1971, y las publicaciones en el boletín de información de la sociedad comercial «East-West».
2.
El Sr. Zoubek, parte demandada, no impugna la resolución del contrato, pero alega que, en virtud de un acuerdo celebrado a finales de 1973 con el responsable de la Comisión, se comprometió a entregar gratuitamente, en pago de los 33000 BFR reclamados por la Comisión, las publicaciones de la sociedad «East-West», de la que es gerenteeditor; sociedad creada con la finalidad de publicar estudios como el que constituía el objeto del contrato de 1971. La Comisión no pidió indemnización alguna en el momento de la resolución del contrato y tampoco hizo ninguna gestión antes de 1979. Es cierto que el acuerdo no quedó plasmado en un protocolo claro y sin ambigüedad. Sin embargo, no se rechazaron las publicaciones que él envió a sus expensas el 20 de diciembre de 1973, a la Comisión. Al compromiso de la Comisión de tenerle al corriente, con la mayor brevedad, de las novedades que le atañesen, y que así constaba en la carta de 21 de diciembre de 1973, siguió, según el Sr. Zoubek, un acuerdo confirmado verbalmente y la continuación de las entregas de publicaciones durante cinco años. La existencia de este acuerdo está suficientemente probada por el cumplimiento, a lo largo de cinco años, de sus obligaciones, sin protesto alguno por parte de la demandante. Tras un prolongado silencio, actualmente la Comisión no puede negar la existencia de dicho acuerdo.
En caso de que el Tribunal de Justicia estime fundada la demanda de la Comisión, los intereses judiciales o legales tan sólo serán devengados a partir de la fecha de presentación de la demanda.
B. Por lo que respecta a la reconvención
1.
El Sr. Zoubek expone que el valor de los boletines suministrados a la Comisión entre 1974 y 1978, en cumplimiento del acuerdo de transacción, se eleva a 65000 BFR. Por tanto, procede declarar la compensación entre los 33000 BFR reclamados por la Comisión y dicha suma. En cuanto a las demás pretensiones, opone a la Comisión una reconvención por valor de 32000 BFR con los correspondientes intereses judiciales a partir de la fecha de la reconvención. No se pudo hacer una factura por tratarse de una puesta a disposición por parte del Sr. Zoubek. En caso de que el Tribunal de Justicia considerase fundada la demanda principal, se produciría el enriquecimiento injustificado de la Comisión.
2.
Según la Comisión, la reconvención es inadmisible. Ni los Tratados, ni los Estatutos del Tribunal de Justicia, ni los Reglamentos de Procedimiento prevén la facultad de que la parte demandada formule una demanda de reconvención en el ámbito de una acción cuyo objeto ha sido delimitado estrictamente en la demanda. La competencia del Tribunal de Justicia emana de la cláusula compromisoria contenida en el contrato. Para hacer valer cualquier crédito en concepto de entregas de boletines de información, los representantes de la sociedad «East-West» deberían entablar una acción contra la Comisión ante los órganos jurisdiccionales nacionales, con arreglo al artículo 183 del Tratado CEE.
Aunque se hubiera hablado de una posible compensación en el transcurso de las conversaciones entre el Sr. Zoubek y los responsables de la Comisión, ésta ya precisó, desde la fecha de la carta de 21 de diciembre de 1973, que no se había celebrado ningún acuerdo de transacción. Además, no habría sido posible la compensación, ya que la revista «East-West» era propiedad de la sociedad comercial del mismo nombre y no del Sr. Zoubek.
Por otro lado, la Comisión aporta documentos emitidos por la biblioteca de los que resulta que entre 1970 y 1977 se tomó y pagó un número variable de abonos al boletín «East-West» a través de la empresa «Office international de librairie» de Bruselas y a partir de 1978 directamente a la sociedad «East-West».
F. Schockweiler
Juez Ponente
( *1 ) Lengua de procedimiento: francés.
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