El Promovente es David Cruz Hernandez Mendoza, con domicilio en la Ciudad de México, México, representado por Rebeca Rosas, México.
El Titular es Amado Kinjiro Yamasaki Hernandez, Amado Yamasaki, con domicilio en Coral Springs, Florida, Estados Unidos de América (“Estados Unidos”), representado por José Ignacio Jaime García, México. 2. El Nombre de Dominio y el Registrador
La Solicitud tiene como objeto el nombre de dominio (el “nombre de dominio en disputa”).
El Registro del nombre de dominio en disputa es Registry .MX (una división de NIC México) (“Registry .MX”). El Agente Registrador del nombre de dominio en disputa es GoD, Inc. 3. Iter Procedimental
La Solicitud se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro”) el 26 de febrero de 2019 por correo electrónico y el 8 de marzo de 2019 por correo urgente. El 26 de febrero de 2019 el Centro envió a Registry.MX por correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con el nombre de dominio en disputa. El 1 de marzo de 2019 Registry.MX envió al Centro, por correo electrónico, su respuesta confirmando que el Titular es la persona que figura como registrante, proporcionando a su vez los datos de contacto del contacto administrativo, técnico y de facturación.
El Centro verificó que la Solicitud cumplía los requisitos formales de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para “.MX” (la “Política” o “LDRP”), el Reglamento de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para “.MX” (el “Reglamento”), y el Reglamento Adicional del Centro para la solución de controversias en materia de nombres de dominio (el “Reglamento Adicional”).
De conformidad con el artículo 4 del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Solicitud al Titular, dando comienzo al procedimiento el 12 de marzo de 2019. De conformidad con el artículo 5 del Reglamento, el plazo para contestar la Solicitud se fijó para el 1 de abril de 2019. La Contestación fue presentada en fecha 29 de marzo de 2019.
El Centro nombró a Kiyoshi Tsuru como miembro único del Grupo de Expertos el día 10 de abril de 2019, recibiendo la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, en conformidad con el artículo 9 del Reglamento. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento. 4. Antecedentes de Hecho
El Promovente afirma que es propietario de la empresa Sttaton, dedicada a la prestación de servicios corporativos y de seguros, incluidos los servicios de consultoría y de agencia de seguros para evaluaciones de riesgo.
El Promovente afirma que es titular de los siguientes registros de marca:
Marca
No. de Registro
Fecha de presentación
Fecha de registro
Clase
Jurisdicción
Titular
1848807
09 de octubre de 2017
21 de febrero de 2018
9
México
David Cruz Hernández Munguía
1848808
09 de octubre de 2017
21 de febrero de 2018
36
México
David Cruz Hernández Munguía
1848809
09 de octubre de-2017
21 de febrero de 2018
42
México
David Cruz Hernández Munguía
1848810
09 de octubre de 2017
21 de febrero de 2018
45
México
David Cruz Hernández Munguía
5605626
12 de marzo de 2018
13 de noviembre de 2018
35, 36,
42, 45
Estados Unidos
David Cruz Hernández Munguía
5570269
20 de febrero de 2018
25 septiembre de -2018
35, 36,
42, 45
Estados Unidos
David Cruz Hernández Munguía
Full & Egal Universal Law Academy